| 30 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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Imagen de un VTC Cabify circulando por la calle
Imagen de un VTC Cabify circulando por la calle

Los VTC atropellan a Ada Colau: el Supremo remata a la ex alcaldesa de Barcelona

Una sentencia ha dejado en evidencia el sectarismo ideológico que llevó a Colau a establecer la obligatoriedad de contratar un VTC con un mínimo de 60 minutos de antelación.

| Félix Hernández Empresa

Una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dejado en evidencia el sectarismo de Ada Colau, en este caso respecto al servicio de los VTC en Barcelona. La ex alcaldesa aprobó en 2019 un reglamento tan restrictivo que la mayor empresa del mundo en este sector, Uber, abandonó la Ciudad Condal durante dos años. Una de las principales restricciones, que ahora ha tumbado la justicia, obligaba a contratar un VTC con un mínimo de 60 minutos de antelación. 

 

En concreto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha confirmado una sentencia que invalida el requisito de esperar 30 minutos entre la contratación y la prestación de servicios VTC, medida aplicada en varias comunidades autónomas y que en Barcelona, que fue pionera bajo el mandato de Colau en estas restricciones,  se había ampliado a 60 minutos de antelación.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, ratificada por el Tribunal Supremo el pasado 11 de marzo, ha sido recibida con diferentes perspectivas por las partes involucradas.

La medida anulada ahora se había implementado en el País Vasco, la Comunidad Valenciana, Cataluña, Aragón y Baleares

Por un lado, se destaca que esta limitación "constituye una limitación muy notable para el ejercicio de esta actividad empresarial", según señala la sentencia, ya que afecta directamente a la inmediatez del servicio, un aspecto fundamental para los usuarios de plataformas como Uber y Cabify.

En contrapartida, se argumenta que esta medida busca proteger el interés público y los derechos de los consumidores al permitirles conocer la geolocalización de los vehículos disponibles antes de su contratación, lo cual se considera una ventaja para los usuarios.

Las patronales del sector, Feneval y Unauto VTC, respaldan esta decisión del Tribunal Supremo, destacando que confirma una doctrina previamente establecida en resoluciones anteriores. Sin embargo, también señalan que la medida anulada en el País Vasco se había implementado en otras comunidades autónomas como la Comunidad Valenciana, Cataluña, Aragón y Baleares.

En este contexto, resaltan el contraste entre las políticas adoptadas en diferentes regiones, felicitando a comunidades como Andalucía o Madrid por promover la competencia entre modalidades de transporte y respetar la libertad de elección de los usuarios.