La ley del "solo sí es sí" de Montero podría sacar antes de prisión a la Manada
El abogado del grupo que violó a una joven en los Sanfermines considera que la nueva ley puede favorecer una revisión de las condenas de 15 años de cárcel y salir antes de lo fijado.
El abogado que defiende al grupo de condenados por la violación de una joven en las fiestas de San Fermín (Pamplona) de 2016, que se denominaba así mismo como 'La Manada', ha visto como la nueva ley del ‘solo sí es sí’, impulsada por el Ministerio de Igualdad que dirige Irene Montero, podría favorecer la salida anticipada de sus representados de prisión.
El letrado Agustín Martínez que fue el encargado de defender a los cinco agresores sevillanos por la violación grupal de una joven madrileña de 18 años, entiende que el nuevo texto de la ley de garantía integral de la libertad sexual "da margen" para estudiar una revisión de sus condenas, según publica El Confidencial.
La ley cambia la forma en que se juzgan los delitos sexuales, regula el consentimiento expreso y acaba con la distinción entre abuso y violación. De manera que con la reforma del Código Penal las penas impuestas serían menores. Los jueces del Tribunal Supremo fijaron sus condenas en 15 años de cárcel por un delito de violación continuado, respecto a un mínimo legal de 14 años y tres meses y un máximo de 18, pero el derecho siempre asiste a los penados a que se les aplique la norma más beneficiosa, aunque sea posterior al momento de dictarse sus condenas.
La fusión de los delitos ha provocado que las horquillas en las que los jueces podrán moverse para imponer sus condenas varían. De manera que la vocación de acercarse al mínimo legal brinda la oportunidad legal al abogado de La Manada de conseguir que reduzcan su estancia en la cárcel. La agresión sexual básica pasa a ser de entre uno y cuatro años de cárcel (antes llegaba hasta cinco) y el delito de agresión sexual con penetración se castigará con entre cuatro y 12 años de prisión (antes era un mínimo de seis).
La Ley de Montero también reduce las condenas por conductas agravantes, quien incurra en una de ellas será condenado a una pena de entre siete y 15 años de prisión, cuando hasta ahora era de 12 a 15).