Al PSOE se le complica el 28M en Jaén: condena para el exalcalde de Guarromán
Se cierra otra pieza del caso de los ERE fraudulentos durante la etapa socialista en la Junta, con la condena al exregidor por prevaricar y malversar para lograr una ayuda de 440.000 euros.
Los escándalos no cesan para los socialistas en Andalucía que aguantan el bochorno en el tramo final de la campaña electoral de las municipales acorralados por la corrupción. El expresidente José Antonio Griñán tiene un pie en la cárcel por la macrocausa de los ERE (expedientes de regulación de empleo) fraudulentos y los gastos en club de alterne a través de la Faffe van a juicio, eso sí ambos casos esperarán a la celebración de los comicios del 28 de mayo.
Sin embargo, no se ha producido la misma espera para conocer la resolución sobre el exalcalde socialista de Guarromán (Jaén), Antonio Almazán, que ha sido condenado por la Audiencia de Sevilla a cuatro años y medio de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación y dos años de prisión y cinco años de inhabilitación absoluta por un delito de malversación.
La sentencia se produce al considerar al regidor como "cooperador necesario", con relación a una ayuda sociolaboral de 440.000 euros concedida en 2008 por la Junta de Andalucía al Ayuntamiento de dicho municipio jiennense, mediante el mecanismo de financiación de los ERE, que se implantaron como mecanismo en el Gobierno andaluz del PSOE.
Acuerdo entre las partes
La condena ha sido formalizada este martes por la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla, en un acto en el que ha pesado el acuerdo alcanzado entre las partes del procedimiento, que son la Fiscalía, la defensa de Antonio Almazán Ojeda, la acusación particular ejercida por la Junta y la acusación popular ejercida por el PP andaluz; para resolver el asunto mediante conformidad.
El acuerdo de conformidad ha supuesto una modificación del escrito inicial de acusación formalizado en 2019 por el Ministerio Público, aceptando el exalcalde socialista de Guarromán su condena como cooperador necesario de delitos de prevaricación y de malversación, a cuatro años y medio de inhabililtación especial para empleo o cargo público en el primer caso; y en el segundo a dos años de prisión y cinco años de inhabilitación absoluta.
No obstante, el tribunal le ha concedido la suspensión de la pena de prisión, siempre que no delinca en un periodo de tres años, extremo solicitado por su defensa y que ha contado con la aquiescencia de las restantes partes del procedimiento.