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El juez dice que el "judío nazi" de Rubiales a Bendodo es libertad de expresión

El juzgado archiva la querella que presentó el dirigente popular contra la socialista porque considera que la expresión utilizada no es ofensiva y no ve tampoco delito de odio o injurias.

La expresidenta del PSOE de Sevilla, Amparo Rubiales.

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Las palabras que dedicó la expresidenta del PSOE de Sevilla, Amparo Rubiales, llamando "judío nazi" al coordinador general del PP, Elías Bendodo, no pueden ser consideradas "como expresiones indudablemente ultrajantes u ofensivas". Así lo considera el Juzgado de Instrucción número dos de Sevilla que ha archivado finalmente las diligencias por la querella que presentó Bendodo contra la histórica dirigente socialista.

Rubiales se vió obligada a dimitir tras la polémica pero sale indemne de la denuncia, cuya resolución se produce dos días después de comparecer como investigada en el juzgado. El juez decreta el sobreseimiento provisional de las diligencias al no apreciar "incitación al odio o a la violencia, ni consecuentemente la presencia de un riesgo real". Se cierra la causa pero "sin perjuicio del derecho de acciones civiles que pueda ejercitar el querellante".

Al respecto del archivo de la denuncia, se ha pronunciado el propio afectado. Bendodo en declaraciones a los medios en Valencia ha mostrado su "respeto absoluto" a la decisión judicial que no considera, según el auto, que se haya producido un delito de odio, ni injurias o calumnias.

Rubiales dimitió por "judío nazi"

Cabe recordar Rubiales tildó a Bendodo de "judío nazi" al hacerse eco en Twitter, actualmente X, de unas declaraciones del coordinador popular sobre el adelanto electoral al 23 de julio, en las que este llamó al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, "tramposo" y le acusó de buscar que los españoles no pudiesen votar al convocar los comicios en pleno verano. "¡Es realmente el discurso de un judío nazi!", reaccionó la dirigente socialista.

Tras el revuelo derivado de sus palabras, Rubiales recurría también a Twitter para rectificar: "Jamás debe usarse la religión, origen o etnia de alguien para la crítica política aunque, como en mi caso, la intención fuese señalar una grave incoherencia", exponía. "Mis disculpas y corrijo: Bendodo es un nazi", precisaba la entonces presidenta del PSOE de Sevilla, cuyo partido se desvinculó de esos calificativos.

Ante el impacto que generaron las palabras de la socialista y tras reclamar insistentemente el PP su dimisión, Rubiales renunció a la Presidencia del PSOE de Sevilla para "zanjar la polémica", promoviendo Bendodo la mencionada querella.

El juez no ve delito de odio sino libertad de expresión

Después ante el juez Rubiales se defendió argumentando que se expresaba en términos "coloquiales", del mismo modo que circulan recriminaciones como "facha o rojo", negando así cualquier "intencionalidad peyorativa o antisemita".

El coordinador del PP, Elías Bendodo, este miércoles en Valencia.

Y el juez, en el auto difundido por la oficina del TSJA, expone que Rubiales "en ejercicio legítimo de su libertad de opinión y de expresión, es una actitud o comportamiento con el que no está de acuerdo desde la órbita política, siendo que el mensaje publicado no contiene ninguna referencia clara, perceptible por la generalidad, a que la reacción contra esa crítica a la convocatoria de elecciones generales, deba desarrollarse por medio de la violencia o a través de cualquier otra actitud no democrática"; con lo que "no se aprecia ninguna incitación al odio, a la hostilidad o a la violencia".

Tampoco hay injurias ni calumnias

En paralelo, argumenta que "para pueda apreciarse la existencia del delito de calumnia no bastan atribuciones genéricas o vagas, sino que han de recaer sobre un hecho inequívoco, concreto y determinado, preciso en su significación y catalogable criminalmente, dirigiéndose la imputación a persona concreta", precisando que Rubiales "no ha efectuado imputación de delito alguno" a Bendodo.

Tampoco estima que se haya cometido un delito de injurias, ya que las declaraciones de la querellada "se mueven en el ámbito del ejercicio del derecho a la libertad de expresión en su modalidad de comunicación de pensamientos, ideas u opiniones", señala el juez concluyendo que "si bien es cierto que el derecho a la libertad de expresión no es absoluto, -dado que por medio del mismo no es posible reconocer un pretendido derecho al insulto-, las manifestaciones de la querellada no pueden ser calificadas, ni por su contenido ni por el contexto temporal en que se realizan, como expresiones indudablemente ultrajantes u ofensivas".

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