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Oriana Marzoli gana su batalla a Ylenia Padilla tras denunciarla por amenazas

En la sentencia a la que ha tenido acceso, en exclusiva, ESdiario quedan las cosas bien claras entre estos dos personajes televisivos tan habituales en diferentes programas de Mediaset.

Oriana Marzoli.

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El pasado martes Oriana Marzoli acudió al Juzgado de Instrucción Nº 51 de Madrid donde tenía un juicio con su enemiga Ylenia Padilla. Una cita a la que no asistió la de Benidorm. Los hechos se remontan al pasado 19 de noviembre 2021 cuando Oriana recibió un video a través de terceras personas en el que Ylenia le decía que le iba a reventar y que le iba a destrozar el careto.

En la sentencia a la que ha tenido acceso, en exclusiva, ESdiario se recoge: "La declaración de la denunciante, Oriana, resultó convincente en su relato de hechos. Su testimonio fue coherente con lo denunciado en su día, siendo creíble. Recibió videos de Instagram de Ylenia diciéndole que le iba a reventar. En el acto del juicio se aportó el video en el que se oye como la denunciada dice: "Te reviento, te tengo que reventar el careto". La denunciada no compareció. No ha facilitado, por tanto, una versión exculpatoria de lo sucedido. A la vista de la declaración de la parte denunciante y del video, donde se oye con claridad las expresiones vertidas, procede el dictado de una sentencia condenatoria".

A su salida del juzgado Oriana Marzoli, acompañada de su abogado Nacho Toledano, declaró: "Ylenia no ha aparecido y cuando alguien hace eso está muy claro todo. Ella no se ha puesto en contacto conmigo y no la quiero cerca. Nunca ha existido perdón por su parte. Ya la denuncié en su momento y la perdoné. Ahora una vez más no porque temo por mi estado físico. He pasado miedo. Conmigo ha sido una persona agresiva. Para mí no es una broma. No le he hecho nada. Te puedes llevar bien o mal pero nada justifica la violencia física".

El juez condena a Ylenia Padilla en su batalla judicial frente a Oriana Marzoli

Teniendo en cuenta la situación, la juez que ha llevado el caso dictó al día siguiente del juicio la siguiente sentencia en la que condenaba a Ylenia Padilla: "Procede a imponer la pena en cuanto a su extensión en su grado medio, a la vista de la entidad de los hechos y ello en relación con ambos delitos leves. En este sentido se considera excesiva la pena pedida por la parte denunciante. Así se impondrá la pena por delito leve de amenazas de 60 días de multa a razón de 7 euros diarios, siendo esta cuota de euros perfectamente atendible por cualquier persona en edad laboral, máxime cuando consta que tiene actividad profesional conocida en el ámbito televisivo, fruto del cual deviene la enemistad contra la denunciante. Así mismo si el condenado no satisficiere voluntariamente o por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que tratándose de delitos leves, podrá cumplirse mediante localización permanente. También podrá el juez o tribunal, previa conformidad del penado, acordar que la responsabilidad subsidiaria se cumpla mediante trabajos en beneficio de la comunidad. En este caso, cada día de privación de libertad equivaldrá a una jornada de trabajo. Además se hace expresa imposición de las costas causadas en este procedimiento".