Jaime Ostos. Una viuda y dos beneficiarias de la pensión de viudedad
La muerte del torero ha abierto un agrio debate y hasta se han llegado a poner en duda algunas cosas que todo el mundo daba por hechas. Jacobo pone los puntos y ESdiario ratifica las íes.
El único hijo nacido del matrimonio de Jaime Ostos y Mari Ángeles Grajal ha roto el silencio familiar. reaparecía este lunes en el programa Y Ahora Sonsoles de Antena 3 para aclarar quién es la viuda de su padre. Y sin titubear y con documentación en pantalla lo testificaba con claridad. “Mi madre es la viuda de mi padre”.
En la última semana, algunas informaciones han señalado que la viuda de Jaime Ostos, fallecido en enero de 2022, era su anterior esposa Un matrimonio que comprende entre los años 1960 y 1969. Esta información aseguraba por extensión que el matrimonio entre la médico Grajal y el matador de toros Ostos no había existido. Capotazo con verónica fue la respuesta del hijo de Jaime Ostos. Presentaba la documentación de la legalidad de la unión entre su padre y su madre.
La viuda y la pensión de viudedad: 2 cosas diferentes
Un tema es la viuda y otro asunto distinto es quien percibe la pensión de viudedad generada por la persona muerta. Viudo tan sólo puede existir uno. No hay más. Y distintas son las pensiones de viudedad que genera el fallecido. Tantas como matrimonios hayan existido a lo largo de su vida en el momento del fallecimiento.
La pensión de viudedad actualmente se calcula en función de los años de matrimonio con los que haya compartido vida legal el fallecido. Es proporcional siempre y cuando se proteja el 40% para el último viudo. El restante 60%se distribuiría entre el otro viudo o viudos en función de los años de matrimonio.
María Ángeles Grajal es la viuda de Jaime Ostos. No hay duda. Y en este caso, la pensión de viudedad supera el 40% del mínimo legal por los años de matrimonio. Consuelo Alcalá recibirá, si lo solicita, la parte proporcional a sus 9 años de matrimonio con el torero.