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El exmarido de Silvia Tortosa tendrá pensión de viudedad

La actriz lo dejó todo atado antes de morir, pero una cosa es lo dispositivo del causante que decide hacer testamento y otra distinta es la realidad de la Seguridad Social. No se divorciaron

Silvia Tortosa.

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La actriz catalana lo dejó todo atado. Muy sujeto. Al menos en lo que dependía de Silvia Tortosa directamente. Su último testamento fue dictado de forma abierta el 14 de julio de 2023 en Madrid. A lo largo de su vida testó en nueve ocasiones. Casi 10 testamentos diferentes. El último coincide con el momento personal donde pone punto y final a su matrimonio con Luis Carlos Molina Cánovas con el que compartió casi 20 años de su vida.

Un asunto es lo dispositivo del causante que decide hacer testamento y otra distinta es la realidad de la Seguridad Social. Carlos Cánovas tiene derecho a la pensión de viudedad de la que ha sido su esposa. Siempre y cuando ninguna de las partes haya contraído matrimonio. Es el caso. Un cónyuge divorciado es viudo. Así se se recoge. Y le corresponde la prestación pertinente de la viudedad. Silvia Tortosa y Carlos Cánovas no estaban divorciados.

El proceso había llegado al punto de Separación Judicial. La diferencia entre divorcio y separación judicial es notable para temas diferentes. Un divorcio supone la extinción del contrato de unión matrimonial. En una separación judicial se ha interrumpido el contrato matrimonial pero no está extinguida la unión. Una persona divorciada se puede volver a casar. Un separado judicialmente hablando no puedo volver a contraer matrimonio porque aún está casado.

Está última situación era la situación de Silvia Tortosa. Un posición muy favorable para el productor Molina Cánovas. Deberá solicitar la pensión de viudedad para poder ser benefactor. Nada que ver con la decisión testamentaria de Silvia en su último testamento. Son senderos diferentes.

Cuando el matrimonio llega a la situación de ruptura del divorcio tiene más condicionantes para percibir la pensión de viudedad. En el caso de la separación judicial los requisitos son menores para percibir una cantidad económica por parte del cónyuge fallecido.