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Telecinco y Cuatro se apuntan un importante triunfo judicial en el Supremo

Los jueces dictaminan que el uso de imágenes de YouTube esta justificada por el derecho a la libertad de información tras un reportaje emitido por la cadena de Telecinco y Cuatro.

Mediaset ha logrado un triunfo en el Supremo

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Éxito judicial para Telecinco. El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto por Mediaset España contra las dos sentencias que habían apreciado la vulneración del derecho a la propia imagen de una persona por la difusión en tres programas de televisión de unas fotografías suyas, obtenidas de la plataforma YouTube, y que fueron empleadas para ilustrar una información sobre narcotráfico en Mallorca, en la que el demandante se encontraba implicado y por la que fue detenido.

Así lo ha dado a conocer este martes la compañía, que ha explicado que las imágenes tomadas de YouTube y empleadas en varios programas del grupo con fines informativos habrían sido subidas por el propio hijo del demandante lo que, en el criterio del Alto Tribunal, determina el consentimiento de su incorporación a esa plataforma.

Además, ha añadido que las mismas tendrían estrecha relación con la información difundida, ya que mostraban el elevado nivel de vida del demandante y de su familia, supuestamente derivado de los ingresos provenientes del narcotráfico.

En dichas imágenes se les podía ver "comiendo ostras y langostas, exhibiendo unas deportivas de marca, haciendo ostentación de billetes en la mano, con vehículos de alta gama, así como en diversas fiestas en las que aparece elegantemente vestido".

Por todo ello, la sentencia estima que, en este caso, el uso de esas imágenes de YouTube estaría justificada por el derecho a la libertad de información de Mediaset España, que prevalecería frente al derecho a la propia imagen del demandante.

"Y ello atendiendo a las circunstancias concurrentes: el hecho de ser el demandante una persona con proyección pública como consecuencia de su implicación en esos delitos, el tener la información indudable interés público y el haber sido, además, debidamente contrastada", concluye.