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Jornadas ESdiario 'El Curso del Cambio'

Josep Maria Felip

Doctor en Derecho

La “Ley Rovira”, una ley necesaria

Jornas ESdiario

Una de las mesas de las jornadas El curso del cambio organizadas por ESdiario.Sergi Tarazona

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Acertadamente comentó el catedrático de Derecho Constitucional, Vicente Garrido, “cualquier mandatario le gustaría ser recordado como el autor de una ley singular que lleve su nombre”. Se refería al recibido por la Ley 1/2024, de 27 de junio de la Generalitat, por la que se regula la libertad educativa como la “Ley Rovira”. Hace justicia el mérito, pues ha sido el conseller de Educación, Jose Antonio Rovira, el que en menos de un año ha hecho realidad su promesa en Cortes Valencianas de enderezar la política lingüística del Consell quebrada por el Botànic en 2017, de acorde con el pacto estatutario de 1983. Una ley necesaria; así fue evaluada y renombrada en la ponencia “Distrito Único y Uso de las Lenguas cooficiales” de las jornadas 'El curso del cambio' organizadas por ESdiario este jueves pasado en el Ateneo Mercantil de Valencia.

Hasta el 27 de enero de 2017 existía en la Comunitat un modelo de educación plurilingüe equilibrado. En dicho modelo coexistían dos programas lingüísticos, cada uno de los cuales tenía como lengua base el valenciano o el castellano, de manera que se garantizaba el derecho de los representantes legales del alumnado a elegir el modelo de programa en el que querían basar la educación de sus hijos e hijas y/o menores tutelados. Asimismo, estaba previsto la concreción de los programas de educación plurilingüe en territorios de predominio lingüístico castellano sin imposición del valenciano.

Pero a partir de esa fecha el conseller Marzà, del Botànic, rompió el equilibrio, y el derecho a decidir de las familias, al establecerse un programa único en cuya aplicación se prescribía que los centros de Infantil y Primaria tendrían que elegir un nivel igual o superior al programa que se encontrasen aplicando, entendiéndose como niveles superiores aquellos que contaban con una mayor presencia del valenciano. Se trataba del Decreto 9/2017, de 27 de enero del Consell, que fue objeto de anulación parcial por la sección 4ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana. Las zonas castellanohablantes observaban como se imponía indirectamente el valenciano y, a su vez, se mermaba el castellano en las valencianohablantes.

Sobrado de motivos, el TSJ señalaba que desaparecía en la mayoría de los centros la línea cuya lengua base era el castellano y solo quedaba oferta en dicha lengua base en los territorios históricos castellanoparlantes. Como consecuencia de esa suspensión se aprobó el Decreto Ley 3/2017, de 1 de septiembre del Consell, por el que se adoptan medidas urgentes para la aplicación, durante el curso 2017-2018, de los proyectos lingüísticos de centro, derivando hacia estos la decisión. Paralelamente a la aplicación del citado decreto ley, se presentó en Les Corts una proposición de ley que dio lugar finalmente a la entrada en vigor de la Ley 4/2018, de 21 de febrero, de la Generalitat, por la que se regulaba y promovía el plurilingüismo en el sistema educativo valenciano. Ley que tomaba una deriva contraria a lo previsto en la Llei d’Ús i Ensenyament del Valencià de 1983, el primer paso hacia la apuesta de el Botànic por una comunidad política monolingüe que la actual “Ley Rovira” corta en seco, regresando las cosas donde no habían de haber salido: la de una comunidad política con dos lenguas cooficiales.

La “Ley Rovira” regula muchos aspectos de una correcta política lingüística acorde con el art. 6 del Estatut d'Autonomia y la Llei d’Ús i Ensenyament del Valencià. Garantiza, entre otros, la libertad para las familias de elegir la lengua de la enseñanza; las certificaciones automáticas del nivel de valenciano para promocionar su uso desde el curso 2008-2009; el conocimiento de ambas lenguas cooficiales, el valenciano y el castellano, y el ingles; el derecho a solicitar la exención del valenciano, en especial en las zonas castellanohablantes; la atención especializada al alumnado que presenta necesidades específicas de apoyo educativo; el derecho del alumno a examinarse en valenciano o en castellano; el derecho de las familias a dirigirse al centro y ser informado en la lengua de su elección; el conocimiento del valenciano del profesorado como mérito, y no como requisito en FP y en régimen especial; y, el reconocimiento, que no requisito, en profesorado que imparte lengua extranjera, tal como puso de manifiesto el director general general Ignacio Martínez.

Hay dos aspectos de la ”Ley Rovira” que la ponencia destacó. Uno, que garantiza el conocimiento de ambas lenguas cooficiales y del inglés: un modelo trilingüe. Otro, y no menos importante, que garantiza su aplicación en dos años, antes que termine la actual legislatura del presidente Carlos Mazón. Efectivamente, respecto a ese primer aspecto la ley sigue lo establecido en la Llei d’Ús i Ensenyament del Valencià de manera que en las primeras enseñanzas -Infantil y 1º-2º Primaria-, hasta que el alumno ha aprendido a leer y escribir, se respete la lengua habitual del alumno la mayor parte del tiempo posible, siempre que la familia hubiese elegido dicha lengua como base. Para respetar dicho derecho, la ley también prevé que en caso de traslado del alumno de un centro a otro donde no pueda tener continuidad en la misma lengua base, se tenga que realizar al alumno una adaptación de la lengua vehicular y los materiales.

En la zona castellanoparlante se garantiza que todo el alumnado cursará la asignatura de valenciano. La solicitud de exención del Valenciano tendrá efectos en la evaluación y calificación únicamente, pero los alumnos deberán asistir y participar activamente. Se elimina la obligatoriedad de impartir un 25% del tiempo lectivo y asignaturas troncales en valenciano. En la zona valencianoparlante, la lengua base siempre tendrá mayor peso que la otra lengua cooficial; en las primeras enseñanzas, la otra lengua cooficial se cursará durante un 25% del tiempo lectivo, en cumplimiento de la jurisprudencia. A partir de 3º de Primaria, habrá un mayor equilibrio entre las dos lenguas cooficiales, con una diferencia máxima del 20% del tiempo entre ellas. Esto supone en la práctica, que desde 3º de Primaria aproximadamente el 50% del tiempo lectivo se impartirá en la lengua base, y el resto del tiempo se repartirá entre la otra lengua cooficial y el inglés. De esta forma, se pretende seguir la línea de las sentencias contra proyectos lingüísticos aprobados por el Botànic, en los que había un gran desequilibrio entre ambas lenguas oficiales.

Respecto al segundo, durante el curso 24-25 se extinguirán los programas experimentales de el Botànic presentes en 221 centros, en los que en Infantil no se imparte castellano: se imparte un 90% del tiempo en valenciano y un 10% del tiempo en inglés. También, durante el curso 24-25, se hará una consulta a todas las familias con hijos ya escolarizados -en Infantil, Primaria y ESO- para que decidan si quieren que sus hijos/as estudien mayoritariamente en valenciano o en castellano. Con el resultado de esta consulta, al inicio del curso 25-26 se configurará en cada centro educativo la lengua base -valenciano o castellano- para cada grupo, de manera que los alumnos ya puedan estudiar mayoritariamente en la lengua elegida por su familia. Y para los alumnos que se vayan a escolarizar por primera vez en Educación Infantil en el curso 25-26, las familias podrán elegir la lengua base -valenciano o castellano- en el momento de pedir plaza escolar.

En fin, una buena Ley como la evaluó la Ponencia que endereza una situación anomala provocada por el Botànic respecto a la legalidad estatutaria valenciana en materia lingüística al que el conseller José Antonio Rovira ha cedido su nombre.

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