Vía libre definitiva para el futuro centro comercial de Benidorm
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad ratifica la sentencia que da vía libre a la instalación después de que la parte demandante no presentase recurso en el plazo establecido.
La construcción del futuro centro comercial de Benidorm, que está ejecutando la multinacional Unibail Rodamco en el polígono industrial de la ciudad, sigue quemando etapas y acaba de salvar uno de los escollos más importantes gracias a una reciente resolución judicial a la que ha tenido acceso EsDiarioCV.
Ha sido la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) la que el pasado día 13 de este mes declaraba la firmeza de una resolución anterior suya que daba vía libre definitiva a la futura instalación comercial de Benidorm y a la ampliación de su superficie aprobada por el Ayuntamiento.
El centro comercial ha finalizado ya los movimientos de tierra y cuenta con la autorización para comenzar la construcción del parking subterráneo, según desveló hace algunos días la concejal de Urbanismo, Lourdes Caselles.
Ahora, con esta resolución se declara firme la sentencia 345/2019 emitida el pasado mes de junio. En aquella sentencia, el alto tribunal valenciano atendía los argumentos del Ayuntamiento de Benidorm -la parte demandada- y le daba la razón en su totalidad en la demanda que había interpuesto la mercantil Comercial Inversora Promar Sur, que gestiona el centro comercial La Marina del vecino municipio de Finestrat. Conviene recordar que la nueva gran superficie comercial de Benidorm se convertirá en competencia directa de la de Finestrat.
La firmeza de la sentencia llega después de que la empresa demandante no haya presentado recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de dos meses establecido por el propio TSJCV en su primera resolución.
El procedimiento judicial se inició cuando Comercial Inversora Promar Sur decidió proceder contra el Ayuntamiento de Benidorm al entender que la aprobación del aumento de superficie comercial del futuro centro por parte municipal no se ajustaba a la legalidad. A grandes rasgos, la mercantil demandante argumentaba que el consistorio benidormense había efectuado un cambio de uso del Plan Parcial y que, por tanto, la aprobación definitiva era competencia de la administración autonómica y no del Ayuntamiento.
Por su parte, el Ayuntamiento de Benidorm rechazaba las tesis de la empresa y sostenía que lo realizado y aprobado era una modificación puntual, la número 19, del Plan General de Ordenación Urbana para permitir dicho incremento de superficie comercial. Es decir, que sí entraba dentro de sus competencias.
Finalmente, la sentencia del TSJCV dio la razón al Ayuntamiento como queda dicho, pero establecía la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que no se ha producido una vez que el plazo ha expirado.
La concejal de Urbanismo y portavoz del equipo de gobierno, Lourdes Caselles, ha expresado al respecto “la satisfacción” del Ayuntamiento “porque estábamos seguros de haber actuado bien”.