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El TSJ obliga a modificar el Reglamento del taxi de Benidorm

El alto tribunal ha estimado en parte el recurso que consideraba que el consistorio había tenido un trato de favor con la asociación Radio Taxi Benidorm.

El TSJ obliga a modificar el Reglamento del taxi de Benidorm

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Julio Marín

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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha atendido en parte el recurso presentado en su día por una de las asociaciones del sector del taxi de Benidorm y esa estimación del recurso motivará que el Consistorio de Benidorm tenga que realizar algunas modificaciones y supresiones en el reglamento que ordena este servicio público.

Ha sido la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia la que ha estimado en parte el recurso contra el Reglamento de Servicio Público de Auto Taxi de Benidorm que fue interpuesto por la Asociación de Empresarios Autónomos del Taxi de Benidorm. El Reglamento en cuestión fue aprobado en sesión plenaria en abril del año 2015 cuando el Ayuntamiento estaba gobernado por el PSOE, si bien el acuerdo salió adelante por unanimidad.

La estimación del este recurso, según se indica en la sentencia a la que ha tenido acceso ESDiarioCV, implica tener que cambiar algunos artículos del Reglamento, en especial aquellos que están relacionados con la publicidad en los vehículos.

No obstante, en el recurso de la asociación demandante ya se ponía de manifiesto que el Ayuntamiento había ofrecido “un trato desigual al muy favorable dado a la otra asociación” de la ciudad, Radio Taxi Benidorm. La parte demandante citaba como ejemplo la orden del concejal de Tráfico en aquella corporación para que los asociados “se abstuviesen de ofertar publicidad en la prestación del servicio”.

El TSJ admite que el servicio del taxi ha de tener una “necesaria homogeneidad” por tratarse de un servicio público, pero también aclara que ello “no justifica medida tan drástica” como el hecho de que toda la publicidad deba tener carácter institucional, tal y como se establecía en el

Reglamento. Igualmente se señala en la sentencia que tipificar como falta muy grave en el Reglamento llevar publicidad no institucional en el vehículo “es contrario a derecho”. Como también lo es, a criterio del alto tribunal valenciano, que sea necesario que la asociación en cuestión

cuente con el 35% de licencias para poder publicitarse.

A este respecto se ha pronunciado el concejal de Movilidad, José Ramón González de Zárate, quien ha valorado la sentencia y ha sostenido que “en líneas generales” el TSJ da la razón al Ayuntamiento en la elaboración del Reglamento del taxi, aunque ha matizado que, en efecto, deberán hacer las correspondientes actualizaciones.

“Lo que viene a decir la sentencia es que no hace falta que una asociación de taxis necesite tener el 35% de las licencias para poder llevar publicidad, sino que lo pueden hacer con menos licencias o incluso cada taxista puede llevar su propia publicidad” ha explicado el edil.

González de Zárate ha precisado además que la actualización del reglamento se hará en el momento en que la Generalitat responda a la solicitud hecha por el Ayuntamiento “para que los taxis puedan contar con hasta siete plazas e igualen sus condiciones de servicio a los vehículos

VTC”.

Si la respuesta es afirmativa, como parece, se procederá a cambiar el reglamento para incluir no solo la validez de vehículos de siete plazas, sino también la adaptación del documento a lo establecido en la sentencia del TSJ.

La sentencia, ya firme, establece un plazo de dos meses para que sean efectivos los cambios fijados por el tribunal. La próxima semana se dará cuenta a los grupos políticos de Benidorm en la Comisión Informativa de Régimen Interior.