ESdiario

El concejal Ángel Noguera, acusado de “amenazas” por un contratista municipal

El edil de Infraestructuras tendrá que comparecer como investigado ante el Juzgado nº 2 de Orihuela a instancias de Fiscalía

Ángel Noguera durante un pleno en el Ayuntamiento de Orihuela

Publicado por
D.C.

Creado:

Actualizado:

El concejal de Infraestructuras del Ayuntamiento de Orihuela, Ángel Manuel Noguera García, de Ciudadanos, ha sido citado a declarar como investigado por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Orihuela el próximo 15 de junio, a las 10’30 horas.

La comparecencia es consecuencia de la denuncia presentada por la mercantil Zaplana Caselles como consecuencia de los continuos impagos sufridos y las amenazas (“más de veinte conversaciones con terceros”) por parte del edil al negarse la empresa a realizar actuaciones al margen del contrato que tiene adjudicado para mantenimiento, conservación y reparación de vías y espacios públicos de Orihuela Costa. La denuncia va acompañada de diversa documentación y grabaciones que acreditan los hechos denunciados.

La presencia de Noguera en el Juzgado -la cédula de citación judicial tuvo entrada en el registro municipal el pasado 5 de abril- se produce a instancias del fiscal Felipe Briones Vives, que había incoado en diciembre del pasado año diligencias de investigación que traían causa de la denuncia interpuesta por el representante de la empresa constructora Zaplana Caselles contra, entre otros, Ángel Manuel Noguera García, a la que se acompañaba pen drive con archivos de diversos documentos. Asimismo, la Fiscalía abrió diligencias posteriores como consecuencia de la denuncia presentada por el concejal del Partido Popular, Rafael Almagro Palacios contra el mismo Noguera. En consecuencia, el fiscal tomó declaración al representante de la mercantil Zaplana Caselles, quien se ratificó en las denuncias presentadas por escrito, a la vista de lo cual decidió unir en un único expediente las Diligencias de Investigación abiertas hasta ese momento por considerar idénticos los motivos de la denuncia contra Noguera, según el escrito elevado al Juzgado por el fiscal Briones al que ha tenido acceso Esdiario.

Relata el fiscal que la mercantil Zaplana Caselles, S. L. U, resultó adjudicataria del contrato de mantenimiento, conservación y reparación de vías y espacios públicos de Orihuela Costa, así acordado por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Orihuela en sesión de 2 de julio de 2019, que acordó, asimismo, designar como supervisores municipales, responsables del contrato a los funcionarios A. G. P. y A. R. P., “a quienes correspondía supervisar la ejecución del contrato y adoptar las decisiones para su correcta prestación”. Recoge también la denuncia que el gerente de la empresa denunció que el concejal Noguera García “se negó a firmar las facturas que presentaba la mercantil, pese a la firma de conformidad de los técnicos con los trabajos realizados”.

Según el denunciante, como el concejal de Infraestructuras “le estaba proponiendo a la mercantil Zaplana Caselles hacer una prestación fuera del contrato, y viendo cómo, mes tras mes, no le pagaban las facturas por decisión de Noguera”, en fecha 22 de noviembre de 2022, el representante de Zaplana Caselles en el contrato (A. J. M.), grabó la conversación que mantuvo con J. A. A. S., “por entonces supervisor municipal responsable del contrato” (grabación II).

De acuerdo con el contenido de la grabación aportada (minuto 2:40 y ss. y minuto 20 y ss.), el nuevo supervisor, a instancias del concejal Noguera, le indicó a la mercantil que, si realizaba determinadas labores ajenas al contrato (a sabiendas de que “esto está mal” y “no está bien”), el concejal de Infraestructuras procedería a “agilizar” y a realizar las gestiones establecidas legalmente “para que la empresa pudiera cobrar las facturas derivadas de los servicios debidamente prestados”. En caso contrario, “se seguirían demorando en el pago de las facturas, motivo por el que la mercantil debería reclamar a los Tribunales (“va a pasar un tiempo”), y ello a pesar de que la empresa estaba prestando el servicio de forma debida, sin incumplimiento alguno”. En su denuncia, Zaplana Caselles advierte que el contenido de esta conversación “es sólo una de las más de veinte conversaciones con terceros, los cuales interesaban a la empresa, a instancia de Noguera, actuaciones al margen del contrato, amenazándole que, en caso de no acometerlas, le perjudicarían de manera constante, como así siguió ocurriendo”.

Recuerda el fiscal en su escrito que, mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local el 2 de julio de 2019, fueron designados responsables del contrato los dos técnicos antes citados y que, como tales, una vez registradas las facturas correspondientes por Zaplana Caselles, eran los encargados de revisar y aprobar o, en su caso, rechazarlas. “Estos técnicos fueron aprobando todas las facturas presentadas por la mercantil en el Registro Electrónico, ello en la medida en que prestaba el servicio en la forma prevista en el contrato y los pliegos. Sin embargo, Noguera, como concejal de Infraestructuras, procedió a rechazar las facturas con argumentos contrarios a la verdad, o a retenerlas con intención de que no se pagaran a la mercantil. Así ocurrió durante todo el tiempo en que el técnico A. G. actuó como supervisor”.

Respecto de la primera factura (febrero de 2020), según el relato de Fiscalía, Noguera indicó que la rechazaba dada la “falta de documentación exigida en el contrato” (Doc. 15). Y sin embargo, el técnico A. G. presentó informe (Doc. 17), indicando que Zaplana Caselles estaba cumpliendo el contrato administrativo suscrito, de conformidad con el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Pliego de Condiciones Administrativas, razón por la que él aceptaba el pago de las facturas”. Seguidamente, Noguera –siempre según el relato de Fiscalía- remitió escrito al técnico A. G. para que requiriera a la empresa determinada documentación (Doc. 18). Y a ello, el técnico contestó por escrito a Noguera (Doc. 19), afirmando “que dicha documentación obraba ya en poder de la Administración y compeliendo al concejal a que cumpliera con sus obligaciones y procediera a la firma o el rechazo de las facturas”.

Puesto que Noguera no firmaba las facturas y el Ayuntamiento no las abonaba, la mercantil –continúa el escrito del fiscal- presentó escrito el 15 de junio de 2020 (Doc. 20) en el que exponía: “…procedo a enumerar una serie de hechos acontecidos, que consideramos no se ajustan al contrato, provocados por el Sr. Concejal de Infraestructuras, Don Ángel Noguera: 1.- Se obligó a la empresa a realizar una serie de servicios en espacios no públicos fuera de contrato:

-Colegio Los Dolses

-Acopio Municipal.

(…) Por último, y entre otras cosas, nos ha llegado la información, de que el concejal piensa tener las facturas retenidas si no se siguen sus órdenes, se ajusten o no al contrato”.

El 30 de junio de 2020 Noguera dirigió nuevo escrito al supervisor G. (Doc. 21), por el que le requería informe respecto a determinados puntos, justificando el impago de las facturas “porque no estaba atendiendo a los requerimientos del concejal”. En su condición de técnico, G. remitió informe (Doc. 22), afirmando que la mercantil estaba cumpliendo con las obligaciones de los Pliegos de condiciones y que, todo lo solicitado por Noguera, “obraba en el expediente administrativo al que el concejal tenía acceso”.

El relato de Fiscalía recoge a continuación que el 4 de junio de 2020, se remite por Intervención Municipal oficio a Noguera, “advirtiéndole de las posibles responsabilidades ante la retención de las facturas emitidas por Zaplana Caselles”. Concretamente dice el escrito de Intervención: “Habiendo sido firmadas por el Técnico competente las facturas que a continuación se detallan y estando pendiente de firma por su parte, incumpliendo el plazo de dos días establecido en el acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 23 de febrero de 2016 y de la circular emitida el 27 de diciembre de 2019 sobre tramitación de facturas. (…) Le advertimos de que puede recaer sobre usted responsabilidad por el incumplimiento de los acuerdos y normas establecidas, que dieran lugar a reclamaciones y perjuicio económico para este Ayuntamiento”. La respuesta del concejal Noguera fue, al día siguiente, rechazar las facturas, por el siguiente motivo: “falta de acreditación de documentación requerida conforme contrato”. Es por lo que, desde Intervención, puesto que existía informe del técnico afirmando que la adjudicataria cumplía sus obligaciones, se decidió informar favorablemente la continuidad del procedimiento para la aprobación de las facturas (Doc. 25). Igualmente actuaron con las certificaciones posteriores (Docs. 26 y 27). Así se siguió operando por el concejal, pesar de las advertencias legales de los responsables del contrato, la mercantil y el propio Ayuntamiento (Expediente I y Expediente II).

tracking