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13 años de cárcel para el hombre que violó a una mujer al saltar por el balcón

Los hechos ocurrieron en 2021, el agresor, que conocía a la víctima, sabía que sufría una lesión que la hacia vulnerable. Tras la primera violación, volvió a intentarlo hasta dos veces más.

Ciudad de la Justicia de Valencia

Publicado por
Sergi Tarazona

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena de 13 años y tres meses de prisión impuestas en octubre del pasado año por la Audiencia de Alicante a un hombre por violar a una mujer tras acceder a la vivienda de esta, en la ciudad de Benidorm, a través del balcón.

Los hechos se remontan al 12 de noviembre de 2021, cuando el hombre se dirigió a la vivienda de la perjudicada, ubicada en el segundo piso de un bloque de viviendas de Benidorm, en cuya planta baja hay un restaurante con un tejado de uralita.

El agresor conocía a la víctima y sabía que estaba lesionada, porque él mismo, junto a otro amigo, la había acompañado a casa un mes y medio antes, al sufrir una caída que le produjo fracturas de tibia y peroné.

Una vez frente al edificio de la víctima, se encaramó al tejado del bar y de ahí escaló por los barrotes de los balcones hasta llegar a la segunda planta y acceder al piso de la mujer a través de la cristalera. Ya dentro del piso, y tras sorprenderla en la cocina, le tapó la boca y la llevó a rastras hasta una habitación, donde la agredió sexualmente.

Tras ello, abandonó la casa por la puerta principal, después de advertir a la perjudicada que volvería. El condenado cumplió esa amenaza hasta en tres ocasiones más, el 27 de noviembre y los días 2 y 28 de diciembre de 2021, cuando subió al techo del bar y trepó por la fachada de la finca hasta llegar a los barrotes del balcón de la víctima, aunque no logró entrar en el domicilio por los gritos de la mujer y por la intervención de un amigo de ella.

De esta forma, el Alto Tribunal valenciano desestima el recurso de apelación interpuesto por infracción de ley por la defensa, al entender que la pena fijada por el delito de agresión sexual en concurso con un delito de allanamiento de morada, 12 años, es "totalmente correcta", según ha indicado el TSJCV en un comunicado.

La Sala precisa que el magistrado que presidió este juicio con jurado en la Audiencia alicantina ya aplicó como más beneficiosa para el acusado la Ley Orgánica 10/2022, conocida como Ley del solo sí es sí, por lo que "en modo alguno se ha infringido el principio de proporcionalidad".

Además de esa condena de 12 años, la Audiencia impuso al condenado sendas penas de cinco meses de prisión por tres delitos de allanamiento de morada en grado de tentativa, pues después de la violación trató de entrar de nuevo en tres ocasiones en la casa de la víctima.

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