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El Supremo da la razón a la Enfermería para reconocer el trabajo en hospitales de concesión privada

Esta sentencia da pie a que otros profesionales sanitarios de la Comunitat y el Estado que han trabajado para una concesión administrativa reclamen judicialmente este reconocimiento 

Hospital de Vinalopó

Hospital de Vinalopó

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Los servicios jurídicos del Sindicato de Enfermería en Alicante han ganado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo que dictamina que la Conselleria de Sanidad debe reconocer a una enfermera el tiempo previo trabajado en un hospital público gestionado por una concesión administrativa a efectos del cobro de trienios.

El Tribunal Supremo señala en su sentencia que “el tiempo trabajado para una empresa adjudicataria de un servicio público sanitario debe ser tenido en cuenta a efectos de reconocimiento de servicios previos de la Administración pública”, ya que lo importante no es “la naturaleza (pública o privada) de la entidad gestora del centro sanitario (en el caso de la enfermera que ha ganado esta sentencia, la empresa mercantil Elche-Crevillente, S.L. que gestiona el Hospital de Vinalopó), como la naturaleza pública del servicio sanitario prestado a los usuarios”.

Esta sentencia, que es la primera de este tipo que se gana en la Comunidad Valenciana, podrá ser de aplicación a todo el personal sanitario, temporal o con plaza en propiedad, que ha trabajado en un hospital público gestionado por una concesión administrativa y ahora lo haga para la Conselleria de Sanidad o para cualquier Consejería del país.

Tras esta sentencia del Tribunal Supremo, que dicta doctrina sobre esta cuestión, SATSE va a solicitar a la Conselleria de Sanidad que reconozca, en vía administrativa, el tiempo trabajado en una concesión a la hora de calcular el número de trienios previos de un trabajador, de manera que no sea necesario que cada persona en las mismas circunstancias se vea obligada a acudir a la vía judicial contra la Conselleria de Sanidad para ver reconocidos sus derechos, de forma que no se saturen los tribunales valencianos y se entre en largos y costosos procedimientos judiciales para ambas partes.

En caso de no ser así, los servicios jurídicos del Sindicato seguirán a disposición de sus afiliadas/os para reclamar este derecho que ya ha reconocido el Tribunal Supremo.

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