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OPINIÓN

Miguel Hernández y la posición vacilante del PP

La reacción ante la solicitud presentada para la anulación de los sumarios judiciales y la sentencia condenatoria del poeta oriolano ha sido tan dispar que ha descolocado a propios y extraños

Miguel Hernández, el poeta del pueblo

Miguel Hernández, el poeta del pueblo

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Juan de Oleza

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Lo del PP con el asunto Miguel Hernández no ha sido de fácil conllevanza a través del tiempo pero puede afirmarse sin lugar a dudas que, mal que bien, cualquier tiempo pasado fue bastante mejor. Sin embargo, en los últimos días la situación no puede calificarse más que como de auténtica aurora boreal. Una prueba más de la empanada mental en la que andan sumidos muchos sobre el tema hernandiano.

La jugada del PSOE asumiendo con presteza un escrito firmado por los herederos del poeta junto a otras firmas más o menos conocidas en el ámbito hernandiano, ha pillado –una vez más- tan descolocado al PP que ha puesto en evidencia la empanada político-mental en que está sumido. La reacción ante la solicitud presentada para la anulación de los sumarios judiciales y la sentencia condenatoria del poeta oriolano ha sido tan dispar que ha descolocado a propios y extraños. Efectivamente: en el Ayuntamiento de Elche, abstención; en el de Orihuela, rechazo; en el Consell, adhesión y en la Diputación de Alicante, dos tazas y media (moción conjunta con PSOE y Compromís para que el Gobierno de España declare nulos estos procesos judiciales y realice una Declaración de Reconocimiento y Reparación Personal a favor de Miguel Hernández y “asegurar así que su memoria quede redimida de las falsas e injustas acusaciones que lo persiguieron hasta la muerte”).

El diputado provincial de Cultura Juan de Dios Navarro ha señalado durante su intervención en el pleno de la Corporación Provincial que “Miguel Hernández fue un hombre valiente que defendió la libertad, la justicia y la verdad y que fue condenado de manera injusta por pensar distinto al resto”, por lo que ha reconocido la necesidad de impulsar la reparación de su figura. “Reparando la identidad de nuestro poeta más universal, reparamos también la identidad de la provincia de Alicante”, ha manifestado Navarro, quien ha recordado que tanto el aeropuerto de la provincia como una de sus universidades públicas llevan el nombre del insigne escritor.

Por su parte, por el Grupo Socialista, su diputado José Joaquín Hernández ha señalado igualmente que “la reparación histórica del poeta es a su vez una reparación de la propia identidad y dignidad de la democracia alicantina y valenciana” y ha agradecido el apoyo de las distintas formaciones a la moción “en un gesto de unidad política para limpiar el nombre del poeta y reafirmar el compromiso con la reparación histórica y la justicia social”.

Toni Pérez entendió la jugada

Desde Vox, su portavoz, Gema Alemán, ha defendido su voto en contra argumentando que la moción conjunta “parte de una visión parcial y politizada de la historia que pretende abrir heridas del pasado” y ha presentado una enmienda parcial, que ha sido rechazada, en la que instaba al Gobierno a “anular todos los procesos judiciales injustos en la Guerra Civil como el de Miguel Hernández, José Antonio Primo de Rivera o Federico García Lorca para que la memoria no sea selectiva”.

Quien mejor ha entendido la jugada, evidentemente, ha sido el Grupo Popular de la Diputación (chapeau por su presidente Toni Pérez) con un posicionamiento que cabe esperar sirva para iluminar un camino que no debe tener vuelta atrás. Pero me pregunto –y no encuentro explicación- por qué a estas alturas todavía, ni unos ni otros, tenían claro lo que la legislación dejó meridianamente resuelto hace dos años. Sinceramente, no puedo comprender como entre tantos asesores y jefes de gabinete que pululan en torno a los políticos, ninguno de ellos haya sido instruido adecuadamente en un asunto de tanta importancia no solamente para la figura de Miguel Hernández sino para el común de las personas que pasaron por los Tribunales de la dictadura. 

Dice la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, en su artículo 5:

“1. Se declara la ilegalidad e ilegitimidad de los tribunales, jurados y cualesquiera otros órganos penales o administrativos que, a partir del Golpe de Estado de 1936, se hubieran constituido para imponer, por motivos políticos, ideológicos, de conciencia o creencia religiosa, condenas o sanciones de carácter personal, así como la ilegitimidad y nulidad de sus resoluciones.

2. Por ser contrarios a Derecho y vulnerar las más elementales exigencias del derecho a un juicio justo, así como la concurrencia en estos procesos de intimidación e indefensión, se declara en todo caso la nulidad de las condenas y sanciones y la ilegalidad e ilegitimidad del Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo, el Tribunal de Orden Público, así como los Tribunales de Responsabilidades Políticas y Consejos de Guerra constituidos por motivos políticos, ideológicos, de conciencia o creencia religiosa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la presente ley.

3. Igualmente, se declaran ilegítimas y nulas, por vicios de forma y fondo, las condenas y sanciones dictadas por motivos políticos, ideológicos o de creencia por cualesquiera tribunales u órganos penales o administrativos durante la Dictadura contra quienes defendieron la legalidad institucional anterior, pretendieron el restablecimiento de un régimen democrático en España o intentaron vivir conforme a opciones amparadas por derechos y libertades hoy reconocidos por la Constitución, independientemente de la calificación jurídica utilizada para establecer dichas condenas y sanciones.

4. La declaración de nulidad que se contiene en los apartados anteriores dará lugar al derecho a obtener una declaración de reconocimiento y reparación personal. En todo caso, esta declaración de nulidad será compatible con cualquier otra fórmula de reparación prevista en el ordenamiento jurídico, sin que pueda producir efectos para el reconocimiento de responsabilidad patrimonial del Estado, de cualquier administración pública o de particulares, ni dar lugar a efecto, reparación o indemnización de índole económica o profesional. Dicha declaración de nulidad deberá hacerse constar en el expediente judicial de la causa anulada”.

Cuánta discusión estéril, cuánta energía malgastada, cuánta evidencia del escaso nivel de quienes nos gobiernan habría podido evitarse simplemente con que alguno de los que cuanto tiempo pierden en otras cosas se hubiera leído el Boletín Oficial del Estado.

Hubiera bastado con que alguno de los asesores o jefes de gabinete que pululan alrededor de los cargos públicos estudiara con cierta serenidad este tipo de asuntos. Por lo demás, la petición que se ha formulado –proceda de unos o de otros- es tan justa y nnecesaria desde el punto de vista moral como reglada tiene su tramitación el Gobierno central a tenor de la normativa que me ha parecido oportuno reproducir para general conocimiento.

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