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El Defensor del Pueblo insta al Ayuntamiento de Ribó a ser transparente

El Defensor del Pueblo ha instado al Ayuntamiento de Valencia a aplicar la transparencia tras denegar en varias ocasiones el acceso a expediente informativos a la oposición.

Joan Ribó en la presentación de la Unidad de Prevención y Denuncia de los delitos de odio

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El Defensor del Pueblo es la institución que investiga las quejas ciudadanas sobre actuaciones presuntamente irregulares de la Administración Pública y eso, ni más ni menos, es lo que han hecho los concejales del PP en el Ayuntamiento de Valencia: recurrir a él, para quejarse de haberles sido denegado, en varias ocasiones, el acceso a expedientes informativos por parte del gobierno de Joan Ribó.

Entre los motivos de queja, figuran la prohibición de acceso a expedientes administrativos por parte del concejal de Personal y Contratación del consistorio, Sergi Campillo, en referencia a cuestiones relacionadas con la concesión de subvenciones a Acció Cultural del País Valencià o a la Federación Escola Valenciana para proyectos y servicios concretos en materia lingüística.

Campillo, ha llegado a denunciar que se denegaba el acceso por "no estar concluida la tramitación de esos expedientes". No obstante, el Defensor del Pueblo ha emitido un informe genérico en el que advierte al gobierno del Ayuntamiento de Valencia que “quienes componen el Pleno tienen derecho a obtener de la Alcaldía y sus delegados/-as, o de la Junta de Gobierno Local, todos los antecedentes datos e informaciones que obren en poder de los servicios de la corporación y sean necesarios para el ejercicio de su cargo”, sin “necesidad de terminar el procedimiento como requisito indispensable para el ejercicio del derecho”.

Aplicar la transparencia y no denegar expedientes

En su dictamen, el Defensor del Pueblo deja claro que es necesario aplicar la transparencia, en este tipo de solicitudes realizadas por los grupos políticos que integran el consistorio y reclama que se entregue la documentación cuando ésta sea requerida. Además, especifica que existen normativas que así lo amparan como la Ley de Régimen Local de la Comunidad Valenciana (artículo 128); la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local (artículo 77) o el propio Reglamento Orgánico del Pleno aprobado por el Ayuntamiento de Valencia en noviembre de 2011.

Incluso, el Defensor es muy claro con la corporación que preside Joan Ribó, a la que recuerda que “cuando se pide un acceso a un expediente, no se está pidiendo la puesta de manifiesto de un documento o documentos concretos y determinados, sino de un conjunto de ellos cuyos elementos pueden resultar a quien los solicita desconocidos”. Por tanto, “se ha de facilitar lo que conste en el expediente, incluidos los datos y documentos obrados en él, que no deben ser denegados” .

El Partido Popular en el Ayuntamiento de Valencia, representado por Eusebio Monzó, ha presentado, en lo que va de legislatura, más de 50 quejas y reclamaciones por situaciones y casos como este, no sólo ante el Defensor del Pueblo, sino también ante el Síndic de Greuges o el Consejo de Transparencia y Recursos de Amparo a la Alcaldía. Siempre, con el objetivo de “lograr, de quienes nos gobiernan, la mayor transparencia y participación de cara a los ciudadanos valencianos”, argumentan responsables de esta formación.

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