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Dos años de prisión por zarandear a su bebé y causarle parálisis cerebral

Dos años de prisión por zarandear a su bebé y causarle parálisis cerebral

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La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a dos años de cárcel a un padre que provocó parálisis cerebral a su bebé de dos meses, tras propinarle bruscamente ”una o varias sacudidas muy enérgicas".

La sala considera probado que el acusado, de 20 años, se dedicaba al cuidado de su hijo en su domicilio de Valencia, mientras la madre atendía a sus ocupaciones profesionales. El menor nació libre de incidencia alguna prenatal o neonatal en 2003 y con un índice Apgar de 10/10/10. No obstante, en su historial médico figura que el 18 de marzo de ese año, el bebé precisó de asistencia hospitalaria por fiebre sin otro hallazgo significativo.

Apenas un mes después, el 12 de abril, el niño ingresó en urgencias del Hospital La Fe con una crisis neurológica, una hemorragia cerebral, y un shock hipovolémico y otras lesiones compatibles con el denominado “síndrome del zarandeo”. Como consecuencia presenta un retraso global del desarrollo con parálisis cerebral infantil.

Para la sala, en este caso ha quedado acreditado "más allá de toda duda razonable" que el acusado, “golpeó produciéndose de este modo una brusca sacudida del cráneo del bebé, al menos en una ocasión, como consecuencia de no adoptar las más elementales reglas de cuidado a fin de prevenir los golpes en la cabeza (...), no consciente de que de esta forma podía causarle unas lesiones neurológicas muy importantes".

El Fiscal solicitaba una pena de 12 años de prisión por un delito de lesiones muy graves, o alternativamente de 3 años de prisión por un delito de lesiones imprudentes. Sin embargo, la Sala le absuelve del delito de lesiones muy graves porque considera que no ha quedado acreditado que el padre fuera consciente de que podía causarle lesiones neurológicas importantes al bebé cuando lo zarandeó. Según explica la sentencia, el condenado no actuó con intención de causarle daño y “no puede concluirse la existencia de dolo, ni siquiera a título eventual, en la causa de las lesiones del niño”.

Además de la condenada a dos años de cárcel por un delito de lesiones graves causadas por imprudencia, el hombre no podrá acercarse al niño durante tres años y le indemnizará con 380.000 euros por las secuelas.

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