El Hospital General tendrá que readmitir a alumnos de Enfermería de la Católica
Los alumnos de Enfermería podrán realizar prácticas curriculares en instituciones sanitarias públicas en condiciones equiparables a las de los estudiantes de la Universitat de València.
La titular del Juzgado de lo contencioso Administrativo 1 de València ha dado un mes al consorcio del Hospital General para facilitar que los estudiantes del grado de Enfermería de la Universidad Católica puedan hacer sus prácticas currículares de pregrado en sus instalaciones.
El auto, dictado el pasado 29 de enero, ordena que se ejecute provisionalmente la sentencia favorable a los intereses del centro privado del pasado noviembre y que reconocía que el Hospital General no debió anular los convenios que amparaban las prácticas de forma retroactiva en aplicación del Real Decreto 420/2015, que marca que cada centro hospitalario concierte las prácticas con solo una universidad por especialidad. Los convenios deberán volver a inscribirse como vigentes en el registro.
El juzgado ha estimado íntegramente las pretensiones de la Universidad Católica, tras el conocimiento de la sentencia del pasado mes de noviembre, por lo que los estudiantes de Enfermería de la Universidad Católica (cuarenta por cada turno rotatorio, según han especificado en un comunicado fuentes del centro) pueden realizar sus prácticas curriculares en instituciones sanitarias públicas en condiciones equiparables a las que disfrutan los estudiantes de la Universitat de València (UV).
Frente a la alegación de la Administración de que la citada sentencia era meramente “declarativa” y, por tanto, no ejecutable provisionalmente, la magistrada ha dictaminado que la sentencia del 15 de noviembre posee “un pronunciamiento de reconocimiento de situación jurídico individualizada”. Es, por tanto, “ejecutable” y “no meramente declarativa”.
El Consell tomó la decisión en junio de 2016 en aplicación, precisamente, del RD 420/2015 y con el ánimo de acabar con las irregularidades que se venían dando como el que fueran las universidades privadas directamente los que contrataran a trabajadores públicos para dar clase a sus alumnos, además, en horario pagado por la administración. Con estas bases se decidió que los nuevos estudiantes de Medicina, Enfermería o Fisioterapia de centros privados solo podrían hacer prácticas en empresas privadas, dejando así los hospitales públicos para los alumnos de las universidades públicas. Ahora bien, los que aún no se hubieran graduado a la toma de esta decisión podían seguir con sus prácticas públicas pero las universidades privadas deben pagar un canon por ellos a la Universitat de València que es la que se encarga de contratar a los docentes.
El centro privado solicitó en su día en los tribunales la suspensión cautelar de este acuerdo del Consell argumentando que atentaba contra los derechos fundamentales de sus estudiantes. La causa no prosperó y el recurso se mantuvo por la vía ordinaria.