La ley electoral valenciana y la representación comarcal
La posibilidad de crear circunscripciones comarcales, que aportarían un tercio de los diputados de Les Corts, podría ser un paso para fortalecer el nexo entre representante y representado
La reforma de la ley electoral valenciana recuerda a una de esas viejas canciones que suenan para rellenar horas en la radio fórmula. Uno de esos temas que sonaban en los viejos discos y que sólo al volver a escuchar alcanzas a entender por qué nunca tuvieron éxito. El sistema electoral valenciano nació marcado, con la inaudita inclusión de la clausula de barrera del cinco por ciento, no por el porcentaje de la clausula en si misma que es tan justificable como combatible, si no por incorporar esta en el cuerpo del texto estatutario.
El debate durante décadas quedó fijado en esta cuestión, agravado durante sucesivos comicios por la reiteración de opciones políticas que, superando un tres por cien de los votos, quedaban excluidas del Les Corts. Resultó paradigmático el resultado de 1999, donde apenas unos miles de votos dejaron a las puertas de la asamblea legislativa a Unió Valenciana y al Bloc.
Sin embargo, la oportunidad de abordar la reforma no puede limitarse a la determinación de un listón que desde 2006 reside en la ley y puede ser modificado de acuerdo a la mayoría cualificada que se precisa. Otros asuntos que se han planteado en este debate, tales como las listas cremallera, listas desbloqueadas o la ampliación del régimen de incompatibilidades, son a mi juicio cuestiones tangenciales al margen del elemento nuclear del debate. ¿Cómo mejoramos la representatividad de los electores? Circunscribir el debate evitando la pregunta fundamental puede significar la pérdida de la oportunidad de hacer una ley vanguardista que aborde una representación dual siguiendo los ejemplos de Alemania o Escocia.
Teniendo presente que el Estatut, en su artículo 65, habilita la posibilidad de creación de circunscripciones comarcales, estas podrían ser uninominales y en ellas se podría elegir un tercio de los diputados. De tal forma que cada comarca contara con su representante asegurado, una representación territorial hasta el extremo de que ese representante tenga que rendir cuentas con los ciudadanos de su territorio antes que con las direcciones de su partido o coalición.
Se trata de fortalecer el nexo entre representante y representado, manteniendo a su vez un sistema proporcional por el que se elegiría el resto de diputados mediante una lista única que vendría encabezada por el candidato a presidir la Generalitat de cada una de las candidaturas. Una fórmula que además es clarificadora y permite poner en la mano del elector dos papeletas, una para elegir a su representante directo y otra con la que votar a la opción que prefiere ver en el gobierno. Un sistema mixto que profundiza en la representatividad y no altera su naturaleza proporcional.
*Abogado