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Nueve años de prisión para la ex presidenta de Les Corts, más que para La Manada

Junto a la ex consellera y ex presidenta de Les Corts Valencianes se confirman también las condenas a los cabecillas de Gürtel: Francisco Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez.

La ex consellera y ex presidenta de las Cortes Valencianas, Milagrosa Martínez

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El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de todos los condenados por el Tribunal Superior de Justicia y confirma íntegramente las penas impuestas en primera instancia. La más grave, sin duda, los nueve años de prisión para la ex consellera de Turismo y ex presidenta de Les Corts, Milagrosa Martinez, por cohecho, prevaricación y malversación.

Otro de los máximos responsables de la trama era el exjefe de gabinete de la Conselleria, Rafael Betoret, que tendrá que cumplir otros seis años de prisión. Tras la confirmación de la sentencia, la cárcel parece inevitable para los acusados.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que ha decidido mantener todas las condenas del conocido como 'caso Fitur', el primer juicio a la trama Gürtel, entre ellas a la ex consellera de Turismo en el Gobierno de Francisco Camps, Milagrosa Martínez, rechaza que el regalo del reloj valorado en 2.400 euros que le dio el grupo Correa en las Navidades de 2005 fuera "en consideración a su cargo". No es, por tanto, según la sala, un "cohecho de recompensa", ya que no solo se buscaba agradecer un servicio prestado sino asegurarse un trato de favor en el futuro.

El tribunal considera probado que en Turismo se generalizó una conducta que propició una "contratación absolutamente irregular" en la que el grupo de empresas Correa "ocupó con su actividad económica el contenido económico" de la Conselleria.

La sentencia ahora confirmada declaró probado que ella firmó y elaboró las licitaciones y contratos de adjudicaciones de los servicios de participación en Fitur y otras ferias, en las que se "habían manipulado las condiciones de contratación, propiciando que las empresas del grupo Correa participaran en la preparación de las condiciones de licitación, en su elaboración, teniendo conocimiento previo de las condiciones en que se iba a desarrollar la licitación".

Entre las condenas destacan también los 13 años y 3 meses de prisión para Pablo Crespo; 13 años para Francisco Correa; y 12 años y 3 meses para Álvaro Pérez 'el Bigotes', los tres considerados 'cabecillas' del entramado Gürtel.

Es la primera causa relacionada con la trama Gürtel que tiene ya sentencia firme del Supremo. El alto tribunal, en sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, ha desestimado los recursos de las 11 personas condenadas, cuyas penas quedan así ratificadas.

El resto de condenados

Además de los cuatro acusados citados, han sido condenadas otras 7 personas: Isaac Vidal, funcionario de la Agencia Valenciana de Turismo, a 7 años de cárcel; Rafael Betoret, ex jefe de Gabinete de la Conselleria de Turismo, e Isabel Jordán, ex administradora de algunas sociedades de Gürtel, a 6 años de prisión cada uno; Cándido Herrero, ex empleado de la empresa Orange Market, a 4 años y 4 meses; Jorge Guarro, ex jefe de Promoción de la Agencia Valenciana de Turismo, a 4 años; y Mónica Magariños, ex empleada de Orange Market, y Ana Grau, excoordinadora de Ferias de la Agencia Valenciana de Turismo, a 3 años cada una.

La exconsejera Milagrosa Martínez cometió, según la sentencia, delitos de malversación de caudales públicos, cohecho pasivo, y prevaricación administrativa

Los argumentos del Supremo

El Supremo confirma que Francisco Correa, Álvaro Pérez y Pablo Crespo cometieron delitos de malversación de caudales públicos; cohecho activo; tráfico de influencias; y asociación ilícita; a los que se suma el de falsedad documental en el caso de Crespo.

Entre otras multas, Correa, Crespo y Pérez deberán abonar 3,9 millones de euros cada uno por el delito de tráfico de influencias. Además, la sentencia confirmada establece que los 3 citados más Isabel Jordán, Milagrosa Martínez, Betoret, Vidal y Guarro, indemnicen de forma solidaria a la Generalitat valenciana en la cantidad de 271.636 euros, con responsabilidad solidaria parcial también de Mónica Magariños y Cándido Herrero.

El alto tribunal resalta como lo característico de los delitos de corrupción es la obtención de puestos dentro del Estado, directamente o a través de influencias, "para delinquir, para obtener ventajas patrimoniales, para desmantelar al Estado, o para apropiarse del patrimonio del Estado". "Desde esa ocupación, directa o indirecta, se utiliza el puesto estatal para extorsionar a personas, físicas o jurídicas, o para asegurarse la adjudicación de contratos, propiciando situarse en los dos lados de la contratación, como Estado y como adjudicatario de la concesión o del contrato, alterando las condiciones de la libre concurrencia", señalan los magistrados.

La sentencia indica que la reacción de los códigos penales frente a esas conductas ha sido tipificar nuevas figuras penales, como el tráfico de influencias o el fraude a la administración, que se han unido a las clásicas de prevaricación, malversación o cohecho.

Todas ellas "dirigidas –según recalca el Supremo—a reprimir conductas antisociales en las que la lesión a la ciudadanía es mucho mayor que la que se deriva del coste patrimonial consecuente a un enriquecimiento ilícito, pues se ponen en cuestión aspectos básicos de la ordenación social como los principios de transparencia, de igualdad de oportunidades, de objetividad en el ejercicio de la función pública, y, por ende, el propio funcionamiento del sistema democrático que se cuestiona con los comportamientos en los que el sistema de poder es empleado para el enriquecimiento de unos pocos en detrimento de la ciudadanía".

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