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PP celebra que estudiantes de la privada hagan prácticas en la sanidad pública

El Constitucional ha admitido el recurso de inconstitucionalidad presentado por más de 50 senadores del PP y rectifica a la exconsellera Carmen Montón que por modificar la ley de Salud

Imagen de los senadores del Partido Popular

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Los Senadores del Partido Popular de la Comunitat Valenciana celebran que el Tribunal Constitucional haya estimado el recurso que presentaron y que ahora rechace el veto del Consell a que alumnos de universidades realicen prácticas en hospitales públicos.

A juicio de los senadores valencianos y, en concreto, del senador Pedro Agramunt, "se ha hecho una oposición responsable para frenar caprichos del tripartito" en esta cuestión.

Como sabrán el Pleno del Tribunal Constitucional estimó el recurso de inconstitucionalidad presentado por más de cincuenta senadores del PP y declaró este pasado jueves inconstitucionales y nulos los términos "de titularidad pública" contenidos en el apartado 65 del artículo único de la ley por la que se modificó en 2018 la Ley de Salud de la Comunidad Valenciana aprobada en 2014.

La sentencia considera que dicho precepto «incurre en contravención con las competencias exclusivas del Estado en materias de educación y de bases de la sanidad reconocidas en el artículo 149.1 apartados 30 y 16 de la Constitución, por este orden".

Dicho precepto dispone de modo expreso el deber de la Generalitat Valenciana, por medio de la Conselleria competente en materia de sanidad, de colaborar con "las universidades de titularidad pública", a través del establecimiento de acuerdos entre las universidades y los centros de estudio de las instituciones sanitarias para garantizar la docencia práctica y clínica de las titulaciones que así lo requieran. Además, "priorizará las impartidas en centros de titularidad pública", en referencia a los centros de formación profesional (no universitarios) que, igualmente, impartan docencia sobre Ciencias de la Salud, con sometimiento a la aplicación de la normativa específica en materia de incompatibilidades.

Los recurrentes consideraban que el contenido de este artículo suponía una infracción competencial del artículo 149.1 de la Constitución, en la medida en que podía contravenir artículos de la Ley General de Sanidad y de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. La sentencia, redactada por el magistrado Antonio Narváez, explica que "la normativa estatal se refiere de modo genérico a las universidades, sin distinción alguna entre unas universidades y otras". En cambio, "la norma valenciana impone este deber de colaboración del Ejecutivo respecto de las de titularidad pública".

Por su parte, la Conselleria de Sanidad anunció tras conocer la noticia que trabaja en la elaboración de un nuevo convenio de colaboración con las universidades privadas y en una actualización del convenio con las públicas que se firmará entre los meses de febrero y marzo.