Cinco años de cárcel para el exmarido de Mónica Oltra por abusos a una menor
La Audiencia describe en la sentencia cómo la relación del procesado con "un alto cargo de la Generalitat" dificultó la denuncia de la víctima por miedo a no ser tenida en cuenta.
La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a cinco años de prisión al educador del Centro de Acogida Niño Jesús de Valencia, acusado de haber abusado de una menor de edad que estaba bajo su tutela, a la que deberá indemnizar con 6.000 euros y no podrá acercarse a menos de 200 metros.
Según la sentencia, la sección segunda de la Audiencia Provincial, considera al acusado, exmarido de la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, autor de un delito continuado de abuso sexual a una menor de 16 años. Los hechos, ocurridos entre finales de 2016 y principios de 2017 corresponden con un periodo en el que Oltra y el acusado aún convivían.
Los jueces sentencian en su escrito que el acusado, Luis Eduardo Ramírez Icardi, entraba en la habitación de la víctima, que entonces tenía 13 años, y la acariciaba pensando que estaba dormida. Era entonces cuando le agarraba la mano y la utilizaba para masturbarse.
La sentencia reprocha también la actuación de la psicóloga del centro porque "no deja de sorprender el hecho de que no solo no preguntaran a la niña por los presuntos abusos, sino además que no se diera cuenta a la Fiscalía de Menores de los mismos".
De igual forma, se destaca que el hecho de mantener una relación con un alto cargo de la Generalitat en ese momento infundió miedo a la víctima hora de denunciar los hechos. El letrado del ahora condenado, Óscar Fernández, ya ha anunciado que recurrirá el fallo.
Centro de Segorbe
Recordemos que también en 2017 la consellera de Igualdad, Mónica Oltra, y también vicepresidenta de la Generalitat Valenciana, acordó de modo urgente el cierre del Centro de Acogida de Menores “La Resurrección” de Segorbe (Castellón), gestionado por la Congregación de las Hermanas Terciarias Capuchinas, alegando que habían “tapado casos de abusos sexuales y graves deficiencias en el trato a los menores”, a lo que las religiosas reaccionaron expresando que estaban “estupefactas” ante semejante decisión y motivos, y así lo manifestaron en rueda de prensa nada más conocer la decisión, en mayo de 2017.
En el centro había 18 menores, con 17 trabajadores. El empleado denunciado por estas graves acusaciones fue absuelto con posterioridad y el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) anuló la decisión de la Conselleria de trasladar a estos menores a otros centros de la provincia.
Es más, el fallo argumenta que la actuación de la conselleria constituyó “una vía de hecho de la Administración Valenciana”. Esto es, que el departamento de Oltra tomó una decisión injusta pese a que era consciente de ello.