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Un concejal de Compromís de Valencia al banquillo por la muerte de un operario

La Audiencia desestima los recursos y el concejal de Fiestas se sentará en el banquillo por el accidente mortal del trabajador mientras montaba unas gradas de la Feria de Julio de 2017.

El concejal de Cultura Festiva del Ayuntamiento de Valencia, Pere Fuset

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El concejal de Cultura Festiva del Ayuntamiento de Valencia, Pere Fuset, tendrá que sentarse en el banquillo de los acusados. En un auto al que ha tenido acceso ESDiarioCV, se desestima el recurso de apelación interpuesto tanto por el edil de Compromís como por la Asociación de Promotores Musicales y el Ayuntamiento de Valencia, en el caso de la muerte de un trabajador mientras montaba unas gradas de la Feria de Julio en el Jardín de Viveros de Valencia en 2017. El auto considera pues que debe ser juzgado por un presunto delito de homicidio imprudente.

El juzgado de Instrucción 18 procesó el pasado mes de octubre al también portavoz de Compromís en el Ayuntamiento de Valencia por un presunto delito de homicidio causado por imprudencia grave y otro contra la seguridad de los trabajadores. La familia del trabajador le pide cinco años de prisión, tres por homicidio imprudente y dos por un delito contra los trabajadores.

Según ha concluido la Audiencia, en un contundente auto, la responsabilidad de Pere Fuset "no deriva solo de su mera calidad de concejal actuante en nombre del ayuntamiento promotor, Si no también de su actuación Personal libre voluntaria Fuera del procedimiento legalmente establecido, y desentendida de las medidas de seguridad".

El trabajador fallecido, Vasile Sucala, tenía 47 años, estaba casado y con dos hijas. El atestado de la Policía Nacional, incluido en la causa, recoge que la víctima mortal cayó como un péndulo hacia abajo desde una altura superior a los tres metros con resultado de muerte cerebral. Falleció siete días después, el 4 de julio, en el Hospital La Fe.

El juez procesó a Fuset al constatar que fue el último responsable del montaje de las gradas y que envió una carta a la entidad organizadora para que aceptaran la instalación en el recinto público que les había cedido y lo incluyeran en el plan de autoprotección.

Todo se hizo de una manera acelerada y sin controles, según el juzgado. El montaje de las gradas carecía de estudio de seguridad y salud, siendo las medidas acordadas -la colocación del arnés en el mismo piso que se estaba montando-, "insuficientes e inútiles", pues el centro de gravedad del arnés y del punto de sujeción eran inferiores a la posición del trabajador. La empresa que montó esta instalación es Promociones Musicales Osuna, una mercantil que ya fue sancionada junto al Ayuntamiento por la Inspección de Trabajo por estos hechos.

El juez apreció "indicios de racionalidad criminal" en el concejal por no haber exigido a la empresa contratada el citado estudio de seguridad y salud del montaje de la obra. Este requisitos, según insistió el instructor, hubieran evitado el siniestro. De esta forma, rechazó la tesis de la defensa de que se trata de un contrato de servicios y no de obra. Algo que también negó la inspección.

El concejal trató de derivar su responsabilidad hacia los técnicos del Ayuntamiento, pero el instructor recordó en la resolución que en su día se recurrió, la carta "de su puño y letra" en la que imponía al adjudicatario de la ocupación de la plaza y la construcción del escenario que permitiera que otra empresa, que no había participado en el concurso, realizara dicha ocupación.

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