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La Comunitat: del consenso civil

El camino para la recuperación de la competencia pasa por la incorporación de un párrafo a la disposición adicional segunda de la carta magna

Juristes Valencians quiere repetir la histórica foto de unidad delante del Congreso

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La etimología de fuero viene de la raíz latina foedus que significa acuerdo solemne. La monarquía de la Corona de Aragón se caracterizó por una política pactista representada en las instituciones públicas y privadas de los diferentes territorios. De tal forma que fue en el Reino de Valencia el primer lugar de España donde se produjo un ius civile romano para regir las relaciones de familia y herencia de los sujetos a ese derecho, a la ley, a Els Furs.

La foralidad como elemento informador del conjunto del derecho civil español ha sido una constante histórica y es una de la consecuencias de que España sea una de las naciones más antiguas. La Constitución de 1978 recoge en su articulado esa tradición que el propio código civil un siglo antes contemplaba al enunciar el principio de supletoriedad. Basado en la idea de que el derecho civil español lo es en toda su integridad y configuración: Común, foral y especial. De la que subyace otra idea, la de unidad en la diversidad.

Todos los territorios con derecho foral (Galicia, País Vasco, Navarra, Aragón, Cataluña y Baleares) a tiempo de la aprobación de la Constitución disponían de compilaciones vigentes salvo en el caso de la Comunitat Valenciana, que por circunstancias históricas no había logrado reintegrar las leyes civiles que fueron derogadas mediante el decreto de 29 de junio 1707.

A lo largo de todos esos siglos existen testimonios constantes de intentos por la recuperación de los fueros primero y de la competencia para legislar en derecho civil después. No en vano todos los proyectos de Estatutos de Autonomía y ya el texto aprobado en 1982 la contemplaban en su articulado.

En el contexto de la reforma estatutaria del año 2006 la reintegración del derecho civil foral valenciana se incorporó como elemento estrella de la reforma del texto autonómico, aprobada con un amplio consenso tanto en Les Corts como en el Congreso de los Diputados, sustentando la posibilidad de que la Generalitat Valenciana legislara en materia de sucesión y familias en un acuerdo tácito, que rompió el Gobierno de Rodríguez Zapatero al recurrir, por motivos ideológicos, la ley valenciana de custodia compartida, que condujo al primero de los tres fallos del Tribunal Constitucional que terminó por derogar toda la producción normativa valenciana que contenía leyes modernas, útiles y vanguardistas en materia de familia.

A partir de ahí el camino para la recuperación de la competencia pasa por la incorporación de un párrafo a la disposición adicional segunda de la carta magna, que no hace más que subsanar el hecho de que la Comunitat Valenciana y su producción normativa en materia de familia y sucesiones se pueda integrar en el conjunto del ordenamiento civil general y que lo acordado por el sistema de doble lealtad entre Les Corts y El Congreso plasmado en el Esatatut de Autonomía se pueda llevar a cabo.

Son 523 municipios, las tres Diputaciones y Les Corts las que han apoyado e impulsado en el caso de la asamblea legislativa el inicio del procedimiento que posibilite la reforma de la disposición adicional segunda que reintegre la competencia efectiva. También han sido reiterados los apoyos de la sociedad civil valenciana, desde las entidades empresariales, las sindicales, de agricultores, culturales, sociales, colegios profesionales o las universidades.

Un consenso sin precedentes acorde a la cultura pactista y de libertad que forma parte de nuestra esencia y nuestra historia. Se trata de recuperar una seña de identidad, la más original y privativa, un elemento cohesionador y vertebrador puesto que se trata de un instrumento para legislar en materia de herencia y familia, útil y beneficioso para el conjunto de los vecinos de los municipios de Castellón, Valencia y Alicante.