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La agenda valenciana del valencianismo constitucional

La agenda y la consecución de los principios de igualdad, justicia y libertad precisan de una actuación conjunta reivindicativa frente al Gobierno central

José Morgan García

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Celebre está deviniendo el término agenda valenciana acuñado desde hace algunos meses por Juristes Valencians, para designar al conjunto de asuntos capitales que constituyen los intereses valencianos, o lo que es lo mismo, aquellas cuestiones que siendo decisivas para el futuro de la Comunitat Valenciana corresponden por su naturaleza al ámbito competencial al Estado central, quedando excluidas del de decisión propia de las comunidades autónomas.

La financiación autonómica, el agua, las grandes infraestructuras o incluso la reintegración de la competencia para poder legislar derecho civil valenciano son en sí mismas materias de lo que podemos acuñar como la agenda territorial española o si me permiten la agenda territorial constitucional, alejada de los espurios debates que encubiertos en la aparente territorialidad forman parte del constante cuestionamiento de la soberanía y de los principios informadores de la Constitución de 1978.

Acierta el 'president' Carlos Mazón, al proponer un acuerdo de mínimos con el resto de las fuerzas políticas, para activar una unidad de acción que permita la defensa de unos intereses que traducidos al futuro resultarán decisivos para la prosperidad y el bienestar de los valencianos de hoy y del mañana.

Se equivoca el senador Ximo Puig, al tratar de levantar muros e introducir elementos disruptivos que se separan de la agenda valenciana en tanto que no forman parte de la territorial española y que por tanto pueden ser concretados en el marco de un pacto autonómico que no precisa de actuación conjunta reivindicativa frente al Gobierno central.

Las circunstancias exigen altura de miras, la justa financiación de la administración autonómica se asienta en el principio de igualdad, la suficiencia hídrica en el de justicia y la provisión de infraestructuras necesarias así como la reintegración de la competencia en derecho civil son ante todo el desarrollo del principio de libertad para poder producir riqueza para desarrollar bienestar y en el caso del derecho civil, para legislar instituciones privadas que mejoren la vida de los vecinos de los municipios de Castellón, Valencia y Alicante tales como la sucesión de la empresa familiar o la posibilidad de desheredar de manera más flexible.

Acaso no son esos principios, los de justicia, igualdad y libertad a los que refiere la carta magna al enunciar que España es un estado social, democrático y derecho. Acaso la consecución de estos no exige una visión que supere el muro partidista y prejuicioso. Acaso no merecen un posicionamiento constitucional y valencianista que permita que al caso concreto la agenda territorial respete e integre la aportación y necesidades de la administración y la sociedad valenciana. En una legislatura, la que iniciamos, trascendental a la vista de los evidentes riesgos de bilateralidad y discriminación a los que enfrenta la Comunitat Valenciana.