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El Tribunal Supremo tumba la regulación de VTC que hizo Ribó y PSOE

El portavoz del grupo Popular, Juan Carlos Caballero, señala que “la regulación del gobierno anterior fue una chapuza y ahora estamos estudiando buscar una salida"

Imagen archivo de un vehículo VTC

Publicado por
Sergi Tarazona

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El Tribunal Supremo ha confirmado el rechazo expresado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) a las limitaciones a los Vehículos de Transporte con Conductor (VTC) incluidas en la modificación de la ordenanza de movilidad de la ciudad de València aprobada definitivamente por el anterior ejecutivo local, el conocido como Govern del Rialto y formado por Compromís y PSPV, en diciembre de 2021.

El PP de Valencia, a través de su portavoz, Juan Carlos Caballero, ha cargado duramente contra la gestión realizada por Joan Ribó y el PSOE-PSPV, llegando a calificarla de "chapuza". “Los tribunales siguen fallando en contra de la regulación de la VTC (vehículos de transporte colectivo) que hizo el gobierno de Ribó y PSOE. El Tribunal Supremo ha tumbado el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento y contra él no cabe recurso” añadiendo “la regulación del gobierno anterior fue una chapuza y ahora estamos estudiando buscar una salida. El PSOE debería dejar de mentir y contar la verdad, el ayuntamiento no puede seguir con la vía judicial en este caso”.

Entre esas restricciones se contempla la obligatoriedad de contratar los servicios de esos vehículos con al menos una hora de antelación y la prohibición de aparcarlos a una distancia inferior a 300 metros desde los lugares de concentración y generación de demanda de servicios de transporte de personas viajeras como puertos, aeropuertos, estaciones de ferrocarril y de autobuses, y centros comerciales y de ocio, equipamientos deportivo recreativos y sanitarios asistenciales público o privados de la red primaria.

La decisión del Supremo es de septiembre de 2023 y confirma el fallo emitido en abril del pasado año por la sección cuarta de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJCV contra esas limitaciones en la modificación de la ordenanza de movilidad de la capital valenciana y al estimar el recurso presentado contra la modificación de la ordenanza de movilidad de València por una compañía de automóviles.

La sentencia del alto tribunal, emitida por la sala tercera de lo contencioso-administrativo de este órgano, contempla también, como ya recogía el fallo del tribunal valenciano, las costas procesales que ha de pagar el consistorio y de una suma máxima de 2.500 euros.

Así, la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha acordado la inadmisión a trámite de ese recurso municipal por "falta de justificación" y "falta de fundamentación suficiente".

En este sentido, Caballero ha insistido que “habrá que estudiar con los servicios jurídicos las consecuencias de esta inadmisión, que es otra herencia recibida del gobierno de Ribó y PSOE y en la que además se ha impuesto el pago de las costas al consistorio”.

Para el portavoz popular “la izquierda valenciana debería admitir de una vez la mala legislación que realizó y que nos toca ahora arreglar al PP porque los tribunales están dado la razón a quien denunció la legislación del Rialto”.

Por último, ha pedido que en la comisión de Hacienda del próximo 24 de enero donde se dará cuenta de la decisión del Supremo y que termina la vía judicial “pidan perdón a los valencianos y reconozcan que es necesaria una nueva legislación.

La sentencia del Supremo se ha conocido este viernes después de que desde la oposición municipal en el consistorio valenciano se haya difundido la que el TSJCV dictó el 19 de abril de 2023 -pero sin señalar que el Supremo ya se había pronunciado en contra del recurso del consistorio y avalado ese fallo- tras admitir el recurso interpuesto por la mencionada compañía de automóviles contra los cambios en la ordenanza y desestimar así las restricciones aprobadas por el gobierno local que entonces formaban Compromís y PSPV.