Vox anuncia medidas legales contra los concejales socialistas
Varapalo judicial para el PSPV: condenan su gestión al frente de Valencia Activa entre 2015 y 2023
El Juzgado de lo Social nº 6 de Valencia condena al Ayuntamiento por "discriminación salarial" entre trabajadores de la Fundación que recibían sueldos sustancialmente diferentes a pesar de realizar trabajos similares
La gestión de la Fundación Valencia Activa realizada por el Partido Socialista durante los años del gobierno del Rialto ha llevado al Ayuntamiento de Valencia ha ser condenado por los tribunales debido a un supuesto delito de "discriminación salarial". El Juzgado de lo Social nº 6 ha sentenciado que el consistorio llevo a cabo "prácticas laborales injustas" entre los años 2015-2023.
La sentencia se originó a partir de una demanda de conflicto colectivo presentada por UGT Servicios Públicos contra la Fundación Valencia Activa. En la demanda se alegaba que existían diferencias salariales significativas entre trabajadores contratados antes y después de 2012, a pesar de desempeñar funciones similares. La Fundación Valencia Activa comenzó a aplicar el convenio colectivo de oficinas y despachos de la provincia de Valencia para los trabajadores contratados desde 2012, mientras que a los contratados antes de esa fecha se les aplicaban las tablas salariales del Ayuntamiento de Valencia, con salarios y beneficios superiores.
De acuerdo con la resolución judicial se constató la existencia de una doble escala salarial en la Fundación Valencia Activa. Nueve trabajadores fijos, contratados antes de 2012, percibían sus retribuciones según las tablas salariales del Ayuntamiento de Valencia, incluyendo el 100% del salario en periodos de incapacidad temporal y complementos de antigüedad. Los trabajadores contratados a partir de 2012, sin embargo, fueron retribuidos según el Convenio colectivo de oficinas y despachos de la provincia de Valencia, con salarios significativamente inferiores.
El Juzgado de lo Social nº 6 de Valencia establece que esta diferencia de trato “no está justificada de manera razonable, objetiva, equitativa ni proporcionada. No se aportaron pruebas de que los trabajadores contratados desde hace doce años realizaran funciones diferentes o tuvieran un acceso distinto a sus puestos de trabajo”. El tribunal concluye que la existencia de una doble escala salarial basada únicamente en la fecha de contratación era contraria al principio de igualdad salarial.
La sentencia se basa en el principio de igualdad recogido en el artículo 28.1 del Estatuto de los Trabajadores, que obliga a pagar la misma retribución por la prestación de un trabajo de igual valor, sin discriminación por circunstancias personales o sociales. La existencia de una doble escala salarial basada únicamente en la fecha de contratación fue declarada contraria a este principio.
Acciones legales contra Sandra Gómez, Borja Sanjuán y Javier Mateo
El segundo teniente de alcalde y concejal de empleo, Juanma Badenas (VOX), ha anunciado el estudio de medidas legales contra los exresponsables socialistas que dirigieron Valencia Activa, entre los que se encuentran los concejales Sandra Gómez, Borja Sanjuán y Javier Mateo, por posibles irregularidades administrativas y penales. La condena se basa en la existencia de una diferencia injustificada de retribuciones entre los trabajadores, a pesar de realizar funciones similares.
"Es fundamental señalar la hipocresía de aquellos que se manifiestan a favor de la igualdad salarial en el ámbito político, pero no practican estos principios en la gestión pública. Durante ocho años, el PSOE y Compromís han alentado prácticas laborales que contradicen su discurso sobre igualdad", ha denunciado Badenas.