Claves de la nueva regulación para autónomos
La columna vertebral del entramado empresarial español ya tiene aprobada una nueva ley con 18 medidas que servirán para impulsar el autoempleo en los próximos años. Era fundamental mejorarla
Ayer fue aprobada en el Congreso de los Diputados por unanimidad la nueva ley específica del sector autónomo, uno de los pilares de la estructura económica de España. Se amplían los beneficios fiscales y económicos para facilitar las cosas a los que ya viven con esta fórmula empresarial de autoempleo y a los que intenten sumarse a ellos en los próximos tiempos.
Las medidas de esta ley incluyen aspectos muy demandados por los autónomos y suponen mejoras y ampliaciones muy concretas para buscar que esa nueva legislación tenga eficacia en cuanto concluya su tramitación legislativa. La llamada tarifa plana de los 50 euros tendrá una duración de un año y se facilitará a las mujeres que reemprendan la actividad tras el período de maternidad. Se reducen a la mitad los recargos por retrasos en los pagos a la Seguridad Social y se facilitan las desgravaciones por los gastos de manutención entre otras cosas.
La Asociación de Trabajadores Autónomos resume así las principales novedades de la normativa:
Medidas de fomento emprendimiento y reemprendimiento
Se amplía la tarifa plana de 50 euros a un año, sino que se podrá reemprender con tarifa plana tras dos años de haber interrumpido la actividad si no te habías beneficiado antes de ella, 3 si ya lo había hecho. Antes había que esperar 5 años. Se mantienen las bonificaciones de la cuota que conllevaba la tarifa plana ya en marcha para los doce meses posteriores a los doce en los que se establece la tarifa plana.
Eliminación de trabas administrativas
Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces al año su base de cotización para adecuarla mejor a los ingresos.
Se permite en tres altas y tres bajas al año que los autónomos sólo paguen por los días que han trabajado, en el mes de alta o de baja.
Se reducen, y no sólo para los autónomos, los recargos de la Seguridad Social a la mitad del 20% actual al 10% en el primer mes, en caso de pago de la cuota con retraso.
Se devolverá de oficio el exceso de cotización de las personas en pluriactividad sin que sea la persona la que deba solicitar su devolución.
Se desvincula la subida de las cuotas a las subidas del SMI, societarios y personas físicas. Se determinará a partir de ahora en los PGE de cada ejercicio, tras dialogo con las organizaciones de autónomos más representativas.
Mejora de la protección social
Compatibilización pensión al 100% y trabajo por cuenta propia. Condicionado a tener un empleado al menos.
Tarifa plana para las mujeres que se reincorporen tras la maternidad y exención del 100% de la cuota de autónomos durante 12 meses por cuidado de menores o dependientes, para garantizar una mejor conciliación laboral y familiar.
Se mejoran sustancialmente las condiciones de las personas con discapacidad para emprender y también de los hijos con discapacidad de los autónomos, que podrán contratarlos.
Se reconoce el accidente in-itinere en los autónomos.
Los autónomos tendrán por fin derecho a la formación adaptada a sus necesidades reales para mejorar su consolidación empresarial y su competitividad. Se mejoran los programas de formación e información de PRL para ellos mediante una mayor participación de las organizaciones de autónomos en los mismos.
Fiscalidad y seguridad jurídica
Se establece un 30% de deducción de los gastos de suministros de agua, luz, electricidad y telefonía cuando el autónomo trabaja desde su casa y se establecen deducciones para la manutención afecta a la actividad de hasta 26,67 euros diarios siempre y cuando puedan comprobarse fehacientemente por medios telemáticos (48,08 euros diarios si son fuera de las fronteras españolas).Organizaciones de Autónomos
Las organizaciones de trabajadores autónomos mayor implantación serán consideradas de “utilidad pública” y se fija un plazo de un año su entrada en el CES así como para la constitución del Consejo del Trabajo Autónomo.