La importancia del modelo 240 en el régimen foral de Vizcaya
Las empresas que operan en esta región tienen la obligación de presentar un registro de sus operaciones económicas, y dependiendo de su volumen de facturación el periodo puede ser diario.
De cara a cumplir con las obligaciones tributarias en Vizcaya, el modelo 240 es uno de los más importantes en el día a día de las empresas. Todos los negocios de esta región están obligados a presentarlo, por lo que es imprescindible conocer para qué sirve, cuáles son sus implicaciones y cuándo se debe presentar en función de la facturación.
Qué es el modelo 240
El modelo 240 reemplaza al Libro de Registro de Operaciones Económicas, por lo que es muy importante y se tiene que presentar, de forma obligatoria, con un carácter diario, mensual o trimestral, dependiendo del volumen de facturación del negocio.
Además, para que su presentación sea efectiva, debemos realizar la facturación con un software de facturación homologado, que se encargue de notificar inmediatamente las facturas y tickets a la Hacienda Foral (Programa TicketBAI). Esta medida se ha implantado con el fin de eliminar el fraude fiscal y garantizar la transparencia en el ámbito tributario dentro del País Vasco.
¿Qué incluye el modelo 240?
El modelo 240 incluye cinco elementos fundamentales que permiten el análisis completo de la situación contable y tributaria de la empresa:
- Bienes de inversión relacionados con el negocio.
- Facturas emitidas dentro de los periodos correspondientes a la presentación del Modelo.
- Facturas recibidas durante este espacio de tiempo.
- Movimientos contables.
- Operaciones intracomunitarias.
Cómo presentar el modelo 240: plazos y obligaciones
La presentación de este Modelo es telemática, y podrás realizarla en la sede de la Hacienda Foral de Vizcaya, de la misma forma que presentas el IVA. Toda persona jurídica cuyo negocio tenga sede en Vizcaya está obligada a presentar el modelo 240, así como de gestionar su contabilidad y facturación a través de un software homologado por las autoridades tributarias.
Desde la entrada del programa TicketBAI, las personas jurídicas pasan a presentar el modelo 240, mientras que solo las personas físicas tienen que presentar el Modelo 140. En cuanto a los plazos de presentación, muy importantes en cualquier proceso tributario, se encuentran comprendidos entre la fecha de operación y los días 25 de abril, julio y octubre. Para el trimestre restante, el límite se encuentra el día 31 de enero.
Además, el carácter trimestral o mensual de la autoliquidación determina la fecha de disponibilidad de los borradores del IVA:
- Si es trimestral, será el 20 de abril, julio y octubre, y el 25 de enero.
- Si es mensual, será desde el día 17 del siguiente mes.
Sanciones asociadas al modelo 240
No presentar el modelo 240, o hacerlo fuera de los plazos destinados, para ello, trae consigo una multa del 0,5 % del importe de la factura no incluida en el registro (con un mínimo trimestral de 600 € y un máximo de 12 000 €).
Si la sanción se impone por haber eliminado, modificado o manipulado información en el software de facturación homologado, la sanción será del 20 % del volumen de las operaciones (con mínimo de 40 000 €), y de un 30 % en caso de reincidencia (con un mínimo de 80 000 €).
Conociendo toda la información expuesta anteriormente, no tendrás ningún tipo de problema a la hora de gestionar la presentación del modelo 240 para tu empresa en Vizcaya.