El Plan Renove llega con más limitaciones de las esperadas
Por fin el Gobierno ha aprobado el plan de ayudas para incentivar la compra de vehículos. Contará con una dotación de 250 millones, requiere achatarrar y reduce el importe para los PHEV.
El Gobierno ha aprobado este lunes el Real decreto que establece las ayudas definitivas para la renovación del parque automovilístico contempladas en el Plan Renove 2020. El plan se incluye dentro del Plan de Impulso de la Cadena de Valor de la Industria de la Automoción y fue aprobado el pasado viernes en Consejo de Ministros extraordinario con una cuantía de 250 millones de euros, de los que 200 millones (el 80%) son para turismos, 25 millones para furgonetas ligeras, 20 millones para autobuses y 5 millones para motocicletas.
Solo se beneficiarán de las ayudas los vehículos nuevos adquiridos desde el 15 de junio de 2020 o los seminuevos en propiedad de un concesionario con fecha de matriculación posterior al 1 de enero de 2020, una medida que busca ayudar a las marcas a dar salida a los vehículos automatriculados durante el período de confinamiento. Las ayudas se destinarán a la adquisición directa o por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting (también llamado leasing operativo).
En el caso de los turismos, el precio máximo del vehículo Cero emisiones (eléctricos e híbridos enchufables) será de 45.000 euros, una cuantía que, si se trata, de un Eco o un C (motor de combustión) se reduce a 35.000 euros (45.000 euros si se trata de una persona con movilidad reducida). Las ayudas estatales para los coches Cero emisiones comprados por un particular o autónomo serán de 4.000 euros si el vehículo adquirido es un eléctrico, pero si es un híbrido enchufable se reducen a 2.600 euros a pesar de que en un principio el Gobierno había fijado la misma ayuda.
Si la operación la realiza una pyme las ayudas respectivas serán de 3.200 y 2.300 euros; y si es una gran empresa serán de 2.800 y 2.200 euros. Para un etiqueta ECO, serán de 1.000 euros si es etiqueta energética A del IDAE y 600 si es B (800 y 500 en el caso de PYME, y de 700 y 450 si es grande). Para un etiqueta C, las ayudas para particulares y autónomos se han establecido en 800 euros (etiqueta A) y 400 euros (si es B). Las pymes podrán recibir 650 y 350 euros, y las grandes compañías 550 y 300. Y todas estas ayudas tributarán en el IRPF, no olvidemos.
Motos y vehículos comerciales
Las motocicletas, tras las quejas del sector, también han sido incorporadas siempre y cuando su límite de precio sea de 10.000 euros si es una eléctrica (con una potencia igual o mayor a 3 kW y con una autonomía de al menos 70 km) y de 8.000 euros si es de gasolina. Las ayudas para las primeras son de 750 euros para particulares, autónomos y pymes; y de 700 euros para una gran empresas. Las estipuladas para las de gasolina son 400 euros (particulares y autónomos), 300 euros (pyme) y 200 euros (gran empresa).
¿Y qué pasa con las furgonetas? Si tienen una Masa Máxima Técnica Admisible (MMTA) de menos de 2.500 kilos, las ayudas para particulares y autónomos son de 4.000 euros (si es Cero), de 1.200 si es ECO y de 1.000 si es C. Si la MMTA es de más de 2.500 kilos hablamos, respectivamente, de 4.000, 2.700 y 2.100 euros.
A estas cuantías se podrá sumar una ayuda adicional de 500 euros para personas con movilidad reducida (también para furgonetas de categoría N1), para hogares con rentas de menos de 1.500 euros al mes y para quienes achatarren un vehículo de más de 20 años. También los concesionarios y los puntos de venta estarán obligados a hacer un descuento por la misma cantidad que la ayuda concedida por el Gobierno central, con un límite máximo de 1.000 euros
El programa, que no es compatible con el Programa de Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible (Moves), busca la sustitución de los vehículos más antiguos en circulación, que son más contaminantes y menos seguros, por otros más modernos y siguiendo el criterio de neutralidad tecnológica. Para acceder a las ayudas, es obligatorio entregar un coche de al menos 10 años de antigüedad, y de 7 años en caso de ser uno comercial. Dichos modelos tendrán que tener en vigor la ITV y el titular debe ser el beneficiario de la ayuda o un familiar de primer grado.