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El fin de Trapero: la juez le procesa por organización criminal y sedición

Al exmayor de los Mossos se le acabó el tiempo. La magistrada de la Audiencia Nacional cierra su causa y le imputa también otro delito de sedición. Se enfrenta a 15 años de prisión.

El exmayor Trapero, en una de sus declaraciones en la Audiencia Nacional.

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Si el pasado 23 de marzo fue el juez del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, el que cerró su investigación sobre el procés notificando su auto de procesamiento contra Carles Puigdemont, sus exconsejeros; la expresidenta del Parlament, Carmen Forcadell, los Jordis y la secretaria general de ERC, Marta Rovira, este jueves ha sido Carmen Lamela la encargada de hacer lo propio con su investigación.

De esta forma, la magistrada de la Audiencia Nacional ha procesado al exjefe de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluís Trapero, por dos delitos de sedición y uno de organización criminal por los hechos ocurridos el 20 y 21 de septiembre frente a la Consejería de Economía en Barcelona y la jornada del referéndum independentista ilegal del 1 de octubre.

Lamela también procesa por organización criminal y un único delito de sedición, por el 1 de octubre, al exdirector de los Mossos, Pere Soler, y al ex secretario general de Interior de la Generalitat César Puig. La magistrada procesa, además, a la intendente Teresa Laplana por un delito de sedición, en su caso por los hechos del 20 y 21 de septiembre.

La titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 ha citado a todos los procesados el próximo 16 de abril a las 10.00 horas. Y en esa cita, dada la gravedad de los delitos -aunque no tanto como el de rebelión que sí ha visto Llarena en la trama política-, Trapero podría ingresar en prisión. Se enfrenta a una pena de 15 años por los delitos que se le atribuyen.

Vigilancias a policías y guardias civiles

En su auto, la juez relata cómo los mandos ordenaron a los agentes que no actuaran, que se mantuvieran al margen y además, que vigilaran los desplazamientos y las actuaciones de la Guardia Civil y la Policía Nacional.

En el texto de la magistrada se relata que la investigación ha descubierto, además, la utilización por parte del cuerpo policial autonómico durante el 1-O de un código propio -"Clave 21"- que consistía en la utilización de un canal alternativo -disponiendo cada dotación de un número de contacto al que llamar- para emitir informaciones o incidencias que no debían transmitir por la emisora corporativa, para lo cual se usaron tanto móviles particulares como corporativos.

En el relato de hechos del auto, de 37 páginas, la titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 concluye que del contenido de las comunicaciones intervenidas en dicha jornada se desprende la falta de colaboración con los demás cuerpos policiales puesto que "se ordena que no actúen, que no hagan nada, que se mantengan al margen, que no intervengan y que solo observen e informen y se sitúen en posición segura".

De igual manera se constata, dice la juez, las vigilancias de las que fueron objeto policías y guardias civiles, incluso a los que iban de paisano.

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