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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos da un varapalo histórico a 20 etarras

El alto tribunal da la razón a España al no conmutar a Santi Potros y otros sanguinarios terroristas las penas que cumplieron en Francia. Satisfacción entre las asociaciones de víctimas.

Santi Potros fue el primer demandante.

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de la UE ha dado la razón a España al avalar que no conmutase las penas cumplidas en Francia a etarras encarcelados en su territorio a fin de que pasaran menos tiempo en prisión.

Se trata de una sentencia que desestima las pretensiones de tres históricos de la banda terrorista, Santi Potros, Alberto Plazaola y Francisco Mugica Garmendia, Pakito, y por ende, de una veintena que reclamaban lo mismo.

Y, sobre todo, de una sentencia que ha traído un enorme alivio a las asociaciones de víctimas, que ya se temían la prematura puesta en libertad de varios de los más despiadados terroristas de la banda. Entre ellos, además de los ya mencionados, Joseba Arregui Erostarbe Fiti; Iñaki Bilbao, Josu Arkauz Arana Josu de Mondragón o Jesús María Altable Txuma.

De este modo, el tribunal descarta que se haya vulnerado el artículo 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, tal como alegaban estos tres condenados por terrorismo. Es decir, no cree que España haya violado el derecho a la libertad de estas personas ni que haya incurrido en su detención ilegal al no acumular las penas.

En el fondo del asunto está en la homogeneización de las penas en los países de la Unión Europea derivada de una directiva comunitaria. Sin embargo, durante su tramitación parlamentaria en España, el PP introdujo una cláusula para evitar la aplicación de esta directiva a las sentencias anteriores a agosto de 2015. De esta forma, quedaban a salvo la inmensa mayoría de las condenas que la justicia española impuso a los etarras.

No obstante, en el mismo pronunciamiento condena al Estado a indemnizar con 2.000 euros a Santi Potros y con 1.000 euros a Kepa Pikabea, Alberto Plazaola y Pakito, respectivamente, por no haber atendido debidamente los recursos judiciales que presentaron sobre este asunto.

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