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La Justicia concluye que la "represión policial" fue un invento del separatismo

Los tribunales absuelven a un guardia civil acusado de "represión" en Cataluña el 1-O. En realidad, hubo más heridos de los Cuerpos de Seguridad que entre los separatistas.

Una imagen de manifestantes el 1-O, jornada del referéndum ilegal

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"Mil heridos represaliados". "Brutalidad policial". "Fuerzas represoras". Fueron algunos de los lemas que el independentismo acuño para referirse a los Cuerpos de Seguridad en la jornada del 1-O, cuando Puigdemont y Junqueras impulsaron la celebración de un referéndum ilegal que hoy tiene al primero fugado y al segundo en prisión.

Pero no fue cierto, pese a algunas imágenes violentas que se intentaron presentar como la norma en una jornada en la que, según el sumario del juicio que ahora se celebra en el Supremo, en realidad hubo más policías y guardias civiles heridos que manifestantes: más de 70, según la instrucción judicial.


Y es la Justicia la que entierra definitivamente aquella propaganda que intentó presentar el 1-O como una especie de "revolución de los claveles" señalando a la Policía por su comportamiento: los tribunales incluso han zanjado sin consecuencia alguna para un agente una de las escenas más vistas aquella jornada, la de un miembro de los Cuerpos dando un porrazo a una señaora que iba con los brazos en alto.

El agente hizo su trabajo

Pues bien, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 7 de Martorell (Barcelona) ha absuelto a un guardia civil que el 1-O dio un porrazo en la pierna a una mujer que estaba en un colegio de Sant Esteve Sesrovires (Barcelona) que acogía un punto de votación del referéndum.

En una sentencia recogida por Europa Press, el juez aplica al agente el eximente de culpa por obrar en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo.

El juez ve probado que el agente golpeó a la mujer y le causó un hematoma cuando esta "se dirigió sola con las manos arriba" a la puerta del centro, donde los antidisturbios habían abierto entre los votantes un pasillo para el paso de la policía judicial para requisar material del referéndum -en cumplimiento del auto del 27 de septiembre de 2017 del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)-.


Pero indica que el guardia civil había advertido a la mujer y que le dio "un único golpe, con la intención de alejar a la denunciante de la puerta, sin que hubiera habido ningún otro golpe que pudiera llevar a pensar en la existencia de un ánimo de ensañamiento".

"Se lo buscó"

Además, señala que el porrazo no fue desproporcionado siendo en la zona menos lesiva posible -el muslo- y teniendo en cuenta que ella "sabía que no podía acercarse a la puerta y, a pesar de ello, lo hizo".



Añade que "si bien es verdad que lo hizo con las manos en alto, ésta había sido precisamente la actitud de las personas que taponaban la puerta para impedir que los agentes a su llegada entraran en el colegio, de modo que la conducta de S.B.P. podía provocar que más personas la siguieran".

Así, y de acuerdo con el criterio expresado por Fiscalía y Abogacía del Estado en el juicio del 25 de enero, el juez absuelve al guardia civil del delito leve de lesiones por el que la mujer le denunció. En aquella jornada, el nacionalismo denunció la existencia de un millar de heridos, aunque en los hosiptales catalanes, 24 horas después, apenas constaban dos ingresos para tratamientos menores.