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Marchena tumba el último plan de Junqueras y de paso le da una lección a Sánchez

El líder de Esquerra le había pedido en su último alegato al Supremo que "hiciera política". Y los magistrados le han respondido sobre sus esperanzas europeas. El que la hace, la paga.

Junqueras, durante su último turno de palabra en el juicio del procés.

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Del auto clarificador difundido este viernes por el Tribunal Supremo hay varios damnificados. El primero, el principal afectado, Oriol Junqueras. Pero inmediatamente después, Pedro Sánchez, su ministra de Justicia, Dolores Delgado, y la Abogada General del Estado, una mandada de La Moncloa.

Delgado defendía este mismo jueves el papel de los Servicios Jurídicos del Estado, que reclamaba que Junqueras debía ser excarcelado y se le debía permitir asumir su acta de eurodiputado, pero el trubunal que lidera el juez Marchena le ha dado toda una lección jurídica.

La Sala que ha juzgado el procés ha denegado el permiso solicitado por el exvicepresidente de la Generalitat, para abandonar la prisión de Soto del Real el próximo lunes 17 de junio con el fin de acudir ante la Junta Electoral Central y jurar su cargo de eurodiputado. Considera que su desplazamiento a Bruselas pondría en un "irreversible peligro los fines del proceso penal".

En su auto, los siete magistrados que el pasado miércoles dejaron visto para sentencia el juicio , hacen una ponderación entre el derecho de participación política de Junqueras y su libertad personal.

Concluyen que la suspensión del primero de estos derechos en el momento actual -cuando acaba de comenzar la deliberación de la sentencia- no es "irreversible" sino temporal, es decir, no es más que un aplazamiento hasta que "desaparezcan los obstáculos que impiden el efecto adquisitivo de la condición parlamentaria".

La resolución expone también que la condición de miembro del Parlamento Europeo, que Junqueras obtuvo en las elecciones del pasado 26 de mayo, se produce en dos fases: la primera se desarrolla en la Junta Electoral Central, con el acatamiento de la Constitución y la remisión de la lista de los electos proclamados, y la segunda, ya en la sede del Parlamento Europeo, integrada por la manifestación por escrito sobre las incompatibilidades y por la toma de posesión en la sesión constitutiva el próximo 2 de julio.

Ese desplazamiento de Junqueras a Bruselas pondría, según el tribunal, "en un irreversible peligro los fines del proceso. Implicaría de entrada, la pérdida del control jurisdiccional sobre la medida cautelar que le afecta y ello desde el instante mismo en que el acusado abandonara el territorio español".

Bruselas, además, es el lugar en el que uno de los procesados en rebeldía "dice haber instalado la sede del gobierno de la república catalana en el exilio, cuya presidencia él encarnaría. Y así lo publicita en la web y en todos los encuentros personales que mantiene con líderes políticos", subraya la Sala.

Así, la resolución concluye que esa limitación temporal del derecho de participación del también diputado suspendido está condicionada al pronto desenlace de la causa del procés y que se tiene que entender como una limitación necesaria para preservar otro fin constitucionalmente legítimo y propio de una sociedad democrática, el aseguramiento de los fines del proceso penal, "cuya realidad quedaría irreversiblemente menoscabada si la Sala autorizara la presencia del señor Junqueras en la sesión constitutiva del Parlamento Europeo, conduce a denegar la solicitud interesada".