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Marlaska redactó una norma en nueve horas para poder multar y humillar a Rajoy

El ministro envió el martes por la noche un documento interno a todas las delegaciones del Gobierno con instrucciones precisas, las primeras después de medio millón de infracciones.

Marlaska avisó públicamente de que investigaría su caso... y éste es el resultado.

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Fernando Grande-Marlaska se ha tomado muy en serio el compromiso que adquirió en rueda de prensa en la tarde del martes, cuando anunció que si las "investigaciones oportunas" concluyen que Mariano Rajoy se ha saltado el confinamiento para hacer ejercicio en los alrededores de su domicilio, será castigado.

"En un Estado de Derecho el principio de legalidad es el elemento y el pilar básico. Con lo cual la norma se aplicará en los términos que debe aplicarse en el caso de acreditarse los extremos que sirven de sustento a la norma", proclamó el ministro del Interior.

Sucede que hasta entonces, hasta este martes, a pesar de llevar medio millón de infracciones el Ministerio no había publicado una norma ni homogeneizado criterios para sancionar, algo de lo que de hecho ya había advertido la Abogacía del Estado. Pero es que tampoco hasta este martes había entre los infractores uno que se llamase Mariano Rajoy Brey y fuese expresidente del Gobierno y del PP.

La exclusiva de La Sexta.

¿Qué hizo Grande-Marlaska? Crearla ad hoc tras conocerse el caso de Rajoy, que desveló Al Rojo Vivo por la mañana. Este mismo martes, menos de dos horas después de que acabara su comparecencia de la tarde, el ministro del Interior firmó de su puño y letra un documento que esa misma noche fue enviado a todas las delegaciones del Gobierno con instrucciones precisas sobre cómo sancionar las infracciones a la obligación de permanecer en casa. Entre esas instrucciones figura una tabla con actos y la cuantía de la multa que llevaría aparejada.

ESdiario ha tenido acceso al documento interno, puede consultarlo íntegro aquí (Comunicacion_Marlaska). Está fechado el martes 14 de abril a las 21:26 horas, nueve horas después de que La Sexta emitiera el vídeo. Y se titula Comunicación del ministro del Interior a los delegados del Gobierno sobre incoación de procedimientos sancionadores por presunta infracción del art. 36.6 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, y criterios para las propuestas de sanción.

Según la comunicación, lo del expresidente Rajoy entraría en la categoría de "desplazamiento no autorizado sin circunstancias concurrentes" (ni ir acompañado, ni resistencia, ni persistencia...). Y la multa propuesta, de 601 euros.

La coincidencia entre la publicación del vídeo de Rajoy, la amenaza de sanción del ministro del Interior y el envío de ese documento interno redunda en la teoría de los populares de que la grabación es una "cortina de humo". Para evitar que se hable, al menos durante unas horas, de los más de 18.500 muertos, de la criticada gestión del Gobierno en la crisis del coronavirus o de las dos veces que Pablo Iglesias se salto la cuarentena estando su pareja contagiada.

"Cuanto más padezco a este Gobierno, más admiro a Mariano Rajoy Brey", ironizó el martes la portavoz del PP en el Congreso, Cayetana Álvarez de Toledo, cuando le preguntaron. Desde que el vídeo se emitió en La Sexta y hasta el envío del documento pasaron apenas nueve horas.

En el documento aparece como firmante Grande-Marlaska. Fecha: 14/04/2020 a las 21:26 horas.

En la tabla de infracciones elaborada por el departamento de Grande-Marlaska se castiga con hasta 10.400 euros a quien, además de saltarse el confinamiento, muestre una "actitud inapropiada": menosprecio, 2.000 euros; intimidación, cuando no constituya una infracción penal, 3.000 euros; y violencia o amenaza, cuando constituyan infracción penal, 10.400 euros.

Un desplazamiento no autorizado en compañía son 1.500 euros de multa, y lo mismo si el infractor es pillado dirigiéndose a su segunda residencia. La organización o participación en actividades en común, festejos o celebraciones se castigan con hasta 10.400 euros, porque tienen el agravante de "riesgo elevado" por la afluencia de personas.

Aunque el ministro matiza: "No obstante, los órganos instructores de cada expediente deberán, en virtud del artículo 33 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, realizar las labores de graduación de la infracción y propuesta de sanción en cada caso teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes que hayan sido reseñadas en los boletines de denuncia".

El archivo adjunta una fundamentación jurídica para incorporar a las propuestas de resolución de los procedimientos. Un blindaje muy necesario después de que la Abogacía General del Estado cuestionara en un informe la legalidad de multar a quien únicamente haya sido cazado. Es decir, a quien no ha sido apercibido previamente de que está cometiendo una infracción y aun así persista.