El Supremo deja tocado y hundido a Artur Mas por la financiación ilegal de CIU
Al expresidente catalán, la segunda decisión judicial en una semana le ha arruinado sus planes de regresar a la primera línea como un héroe. El "caso Palau" le da la puntilla.
Hace una semana la Audiencia Nacional imputaba a cuatro exconsejeros de Artur Mas por financiación ilegal de CIU, este jueves es el Tribunal Supremo el que firma un mazazo colosal a las aspiraciones del expresidente de ser el candidato de Junts a las próximas elecciones catalanas. La sentencia definitiva del caso Palau puede dar la puntilla a su plan de resurrección con el que lleva jugando varios meses.
La Sala de lo Penal del Supremo ha confirmado la condena de 9 años y 8 meses de prisión, y multa de 4,1 millones de euros, a quien fue máximo responsable del Palau de la Música Catalana Félix Millet, y la de 7 años y 6 meses de prisión y multa de 2,9 millones de euros, al también exresponsable de la misma entidad Jordi Montull.
En su sentencia, dada a conocer este jueves, el Alto Tribunal confirma también el comiso de 6,6 millones de euros a la formación política Convergencia Democrática de Catalunya (CDC) como ganancias obtenidas mediante tráfico de influencias.
La sentencia de casación del Supremo mantiene la dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona el 29 de diciembre de 2017 con muy ligeras variaciones. Uno de los cambios se produce en la condena a la exresponsable financiera del Palau Gemma Montull, que pasa de 4 años y 6 meses de prisión a 4 años, manteniéndose la multa de 2,6 millones de euros asociada al delito de blanqueo de capitales que, entre otros, cometió.
También se modifica la pena al ex tesorero de Convergencia, hombre próximo a Mas, Daniel Osácar, que pasa de 4 años y 5 meses de prisión, a 3 años y 6 meses, al ser absuelto del delito de tráfico de influencias y suprimirse la pena de 11 meses de prisión que se le impuso por ello.
Se le confirman 3 años y 6 meses de prisión, más multa de 3,7 millones de euros, como autor de un delito de blanqueo de capitales, en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil y un delito de falsedad contable, con la atenuante de dilación extraordinaria e indebida en la tramitación del procedimiento.
El Supremo, en una sentencia que se extiende a lo largo de 440 páginas de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Palomo del Arco, mantiene el resto de condenas de prisión a los acusados que recurrieron en casación: 2 años al abogado Raimón Bergós, 1 año y 9 meses al abogado Santiago Llopart y 8 meses al asesor fiscal Edmundo Quintana.