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El juez concede el tercer grado a Urdangarin y da un tirón de orejas a Interior

La Justicia acepta el recurso del exduque de Palma contra la negativa a que prosperara de grado y censura su "aislamiento" total en la prisión de mujeres de Brieva (Ávila).

Urdangarin, durante uno de sus permisos para realizar labores sociales.

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M.B

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Iñaki Urdangarin está más cerca de abandonar la prisión, a la que fue condenado por el caso Noós. El juez de Vigilancia Penitenciaria 1 de Castilla y León ha estimado el recurso del cuñado del Rey en el cual solicitaba su clasificación en tercer grado frente al acuerdo de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior, que se lo había negado.

De esta forma, el juez acoge la propuesta en tal sentido formulada por la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario de Ávila. La resolución no es ejecutiva en tanto en cuanto no sea firme, según explica el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en su comunicado.

En este auto, además de reflejar los factores positivos concurrentes recogidos en el acuerdo de la Junta de Tratamiento, el magistrado añade el pago de la responsabilidad civil por parte del recurrente antes de su ingreso en prisión y, especialmente, la dureza del régimen de cumplimiento que se le ha impuesto en absoluto aislamiento por razones de seguridad y no como trato de favor para satisfacer su voluntad. Todo un tirón de orejas al departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska.

En tal sentido, se reproducen los argumentos recogidos ya en un reciente auto del 13 de agosto de este mismo Juzgado por el cual se aprobó a Urdangarin el régimen de flexibilidad y se vuelve a recordar el informe emitido por el Centro Penitenciario de Ávila, en el que se recoge cuál es el procedimiento que se sigue cuando ingresa en dicho centro un varón (hecho habitual) a pesar de ser un centro de mujeres desde la apertura del centro 1989.

Según tal protocolo, inmediatamente se produce el ingreso de un varón, tras unos trámites administrativos, son trasladados por decisión de la Administración al Centro Penitenciario de Segovia. Algo que Interior no ha hecho en el caso del marido de la Infanta Cristina.

En esta nueva resolución conocida este jueves, se recoge expresamente que, de ser la mera voluntad del interno el motivo del aislamiento, se podría haber incurrido en un delito de prevaricación al crearse un régimen de vida penitenciario inexistente en la legislación española para dar un trato de favor a un recluso, al tiempo que en un delito de malversación de caudales públicos, dado que tal situación supone la custodia permanente en un módulo específico aislado con un elevado coste de aquélla.

Esta especial forma dura de vida, que implica un superior grado de aflicción con relación al que correspondería legalmente por las restantes características penitenciarias del interno, justificaría que el actual grado de cumplimiento de la condena, un tercio de aquélla, no pueda ser obstáculo para la progresión al tercer grado.