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El Tribunal Supremo ratifica la inhabilitación de Torra por desobediencia

El tribunal ha condenado al presidente catalán a un año y medio de inhabilitación y 30.000 euros de multa, por lo que tendría que abandonar su cargo al frente de la Generalitat.

El presidente de la Generalitat, Quim Torra

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A. Jiménez

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Un año y medio de inhabilitación y una multa de 30.000 euros. Esa es la sanción impuesta al president de la Generalitat de Cataluña, Quim Torra, por un delito de desobediencia, por parte del Tribunal Supremo, lo que supone incapacitarlo para el cargo que actualmente ocupa, por lo que se abre un nuevo proceso de incertidumbre en la política catalana.

La decisión ha sido tomada por unanimidad y ratifica, tal y como sentenció en su día el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que desobedeció de forma "contumaz y obstinada" a la Junta Electoral Central (JEC) encargada de velar por la neutralidad de los poderes públicos en las elecciones.

En su resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Ramón Berdugo, el Supremo destaca que el ámbito del recurso "no es la exhibición de determinados símbolos o pancartas de una determinada opción política, sino su utilización en periodos electorales desobedeciendo lo dispuesto por la Junta Electoral Central que, en el ejercicio de sus funciones garantiza la transparencia y objetividad de los procesos electorales, prohibió su utilización, con vulneración del principio de neutralidad a que deben sujetarse las administraciones en general, contraviniendo órdenes expresas".rimi

La ejecución de esta condena corresponde formalizarla ahora al tribunal que le juzgó por desobedecer a la Junta Electoral Central (JEC), que le ordenó retirar los lazos amarillos y las pancartas independentistas durante el periodo electoral de las elecciones del 28 de abril de 2019, que es el TSJC.

Durante la vista por el recurso interpuesto contra esta condena ante el Tribunal Supremo, celebrada el pasado 17 de septiembre, la Fiscalía solicitó la confirmación de la sentencia condenatoria mientras que la defensa del president argumentó, para pedir su absolución, que Torra fue tratado por la Junta Electoral Central (JEC) como "minoría nacional" por "tres palabras en una pancarta" que deberían enmarcarse en su libertad de expresión.

Sin embargo, este argumento no ha sido compartido por los magistrados del Supremo que ven en el acto de Torra un ejemplo claro de desobediencia, ratificando así su condena que será efectiva en el momento en el que se publiquen en los boletines oficiales del Estado y de Cataluña su cese como presidente, abriendo un futuro más que incierto para la política catalana.

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