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Varapalo judicial al PSOE en su cruzada "antifascista" contra el cartel de Vox

El juzgado ha archivado la denuncia interpuesta por los socialistas en la que acusaba a los de Abascal de un presunto delito de odio.

El presidente de Vox, Santiago Abascal

Publicado por
A. Jiménez

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El PSOE y toda la izquierda, por extensión, se está quedando sin argumentos en su cruzada "antifascista" contra Vox. Ahora, otro juzgado ha archivado la denuncia interpuesta por los socialistas exigiedo la retirada del polémico cartel electoral sobre los 'menas' en la que acusaba a la formación de Abascal de un delito de odio.Según el juzgado de Instrucción número 53 de Madrid, el cartel forma parte del legítimo derecho a la libertad de expresión de la formación y ha asegurado que el mensaje lanzado no "presenta la intensidad necesaria para generar un riesgo" contra los menores no acompañados.

Además, añade que el hecho de que se produzca en el contexto de la campaña electoral es fundamental para la resolución del asunto, ya que "los hechos denunciados constituyen el desarrollo, la forma de expresión en campaña electoral de la política de inmigración de Vox, así como la política sobre el delito de usurpación y otras cuestiones".Así, afirma que el artículo 6 de la Constitución Española establece que "los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política". "Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la Ley", agrega el fallo.

El cartel no ha creado una situación de peligro, no tienen la aptitud para generar un riesgo, riesgo que justifique el recurso a la violencia, según el auto

La instructora apunta que "Vox propone un programa que incluye una política determinada en materia de inmigración, y en clave electoral con el eslogan Protege Madrid, publica carteles y difunde mensajes, siendo varios de los mensajes relativos a los menores extranjeros acogidos en España, personas desde luego especialmente vulnerables"."El lenguaje directo utilizado en los mensajes de gran repercusión en los medios de comunicación, con motivo de la campaña electoral, no ha creado una situación de peligro, no tienen la aptitud para generar un riesgo, riesgo que justifique el recurso a la violencia", señala.Por ello, no aprecia que "los mensajes presenten la intensidad necesaria para generar un riesgo a los menores extranjeros ni tampoco a otros colectivos, requisito que exige la jurisprudencia para que exista un delito de odio".

Así, insiste en que Vox "ejercita el derecho a la libertad de expresión al exponer y difundir el programa del partido sobre la política de inmigración, además de otros temas, conforme a lo establecido en el artículo 6 de la Constitución Española".En cuanto a los gastos que aparecen en el cartel de propaganda electoral descrito en la denuncia, señala la juez que "no corresponde a esta jurisdicción analizar la realidad de las cifras que aparecen en el mismo", por lo que "no hay indicios de la comisión de un delito de odio, delito electoral o de infracción penal alguna", ha concluido.