El sindicalista de UGT en los ERE al banquillo por malversación y falsedad
El magistrado cierra su instrucciòn por una pieza separada del escándalo de corrupción y procesa a Juan Lanzas, de UGT, y otras ocho personas por prevaricación, malversación y falsedad.
La inabarcable trama corrupta de los ERE de Andalucía, y los millones de euros públicos y de los fondos europeos malversados a la sombra de la Junta Socialista ha vuelto a la actualidad este martes con la decisión de la Justicia de sentar en el banquillo a nueve personas, entre ellos el sindicalista de UGT, Juan Lanzas.
El juez del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha dictado un auto sentar en el banquillo a nueve personas investigadas en una pieza separada del caso de corrupción en Andalucía centrada en las presuntas irregularidades en las ayudas autonómicas a la empresa Río Grande, gestora del conocido restaurante de la calle Betis de la capital andaluza.
Entre los nueve encausados en esta pieza separada del caso ERE se encuentran el exsindicalista de UGT Juan Lanzas; su pareja Beatriz N.M.; la dueña de la entidad Río Grande, María del Carmen García Sánchez; y el exdirectivo de la consultora Vitalia Antonio Albarracín.
En su auto, el magistrado toma esta decisión ante presuntos delitos de falsedad documental, prevaricación administrativa, tráfico de influencias y malversación.
Asimismo, el instructor acuerda continuar las diligencias previas como procedimiento abreviado, en calidad de responsables civiles subsidiarias, contra las entidades Río Grande Sevilla, Vitalia, el bufete de abogados Estudios Villasís y la sociedad Atrado Mensajería.
En el auto, el instructor explica que el objeto de esta pieza separada "lo constituye la presunta ilicitud de las ayudas concedidas por la Consejería de Empleo a la entidad Río Grande sin sujeción al procedimiento legalmente establecido", añadiendo que, "de manera ilícita y fraudulenta, se concede una subvención a dicha empresa para satisfacer el pago de las indemnizaciones por despido de sus trabajadores afectados por el ERE de 2005 mediante la financiación de un seguro de rentas vitalicio".
El juez considera que, de lo actuado, "se deduce que estas ayudas carecerían de objeto definido y concreto, se llevaron a efecto de forma injusta y arbitraria prescindiendo del procedimiento legalmente establecido y sin observancia de los aplicables principios de publicidad, concurrencia y objetividad", a lo que se suma que se concedieron por el correspondiente director general de Trabajo "sin competencia para ello, sin resolución motivada y justificada de concesión, y sin acreditación de los requisitos necesarios".