El Constitucional se enfrenta a horas decisivas para frenar la deriva de Sánchez
El Alto Tribunal decidirá en horas sobre la constitucionalidad del estado de alarma y puede sentar precedente para una ley inquietante: la de Seguridad Nacional.
Sin duda, Pedro Sánchez puede presumir de haber sido el presidente que más correctivos judiciales en menos tiempo ha recibido desde la instauración democrática en nuestro país. Han sido muchos los reveses que el actual Ejecutivo ha padecido desde que comenzó la legislatura. Pero el asunto se está debatiendo en el Tribunal Constitucional puede marcar un antes y un después.Y es que alto tribunal está en plena discusión sobre la constitucionalidad de determinados aspectos del primer decreto de estado de alarma frente a la pandemia por Covid desde este martes y aún no ha habido acuerdo por parte de los magistrados, por lo que seguirán a lo largo de la semana para despejar si, como adelantó María Jamardo en el pasado 25 de junio, se declara inconstitucional parcial o totalmente.La decisión mantiene dividido al pleno que en junio decidió retrasar el debate a esta nueva convocatoria. Y si al final las deliberaciones ponen en solfa la controvertida decisión adoptada por Sánchez para combatir la pandemia, la reprobación sería extraordinariamente dura. Y podría tener consecuencias en otros asuntos tan sensibles como la nueva Ley de Seguridad Nacional que, en fase de anteproyecto, también levanta serias dudas sobre su impacto en derechos y libertades.En concreto, el tribunal de garantías debate una ponencia que pone pegas de constitucionalidad a algunas medidas de restricción de movilidad aplicadas por el Gobierno al inicio de la pandemia por covid-19. Entre ellas estaría el confinamiento domiciliario, que el tribunal de garantías podría declarar inconstitucional.
De obtenerse un apoyo mayoritario a este texto se admitirían algunos presupuestos señalados en su recurso por Vox, que fue el primero en acudir al tribunal de garantías contra decretos dictados por el Gobierno de coalición de Pedro Sánchez durante la pandemia de coronavirus.La ponencia, básicamente, contempla que las medidas más restrictivas del decreto hubieran sido merecedoras de una declaración del estado de excepción en España, por sobrepasar los presupuestos del estado de alarma.
División en el pleno
El asunto llega a un Pleno en un momento en el que en el tribunal de garantías prevalece una mayoría de magistrados conservadores, aunque esto no quiere decir que el apoyo a todos los puntos de la ponencia de González-Trevijano sea automática, y de hecho el Pleno se mantiene bastante dividido. De rechazarse el texto se tendría que nombrar nuevo ponente que redactara el sentir mayoritario del tribunal habría que esperar incluso meses a la resolución final de este asunto.Otra de las claves del debate pasa por dilucidar si las disposiciones del primer estado de alarma supuso una suspensión total de los derechos -es decir, su abolición-, o una mera limitación de los mismos que sí podría ser amparada por la figura del estado de alarma. De imponerse la visión del ponente la decisión tendrá consecuencias inmediatas , puesto que todas las multas impuestas durante el estado de alarma deberían ser anuladas.Este tema está pendiente de resolverse en el TC desde mayo de 2020, cuando el asunto fue admitido a trámite en un Pleno que se celebró de manera telemática debido a las propias restricciones por la pandemia.Los de Santiago Abascal entienden que el decreto del 14 de marzo incluía restricciones de ciertas libertades públicas que no estarían contempladas para ese tipo de estado en la Constitución. Sostienen que determinadas suspensiones dictadas por el Ejecutivo sólo cabrían en la fórmula de estado de excepción.
¿Un precedente?
El debate es crucial por el asunto en cuestión, pero también por la posibilidad de que cree una especie de precedente cuanto tenga que tratar el recurso contra la Ley de Seguridad Nacional, en anteproyecto ahora, que ya ha anunciado el PP.
Esta norma le permitiría al presidente imponer severísimas restricciones de todo tipo con solo declarar el estado de crisis en el Consejo de Ministros, sin necesidad del plácet del Congreso de los Diputados. Se trata de una ley que en principio iba a tutelar Iván Redondo desde su puesto como director del Departamento de Seguridad Nacional y que ahora podría heredar su sucesor, Óscar López, si Sánchez le concede las mismas atribuciones.En el borrador de la misma, publicado por El País, Sánchez se concede a sí mismo la posibilidad de convertir en voluntario forzoso a todo ciudadano mayor de edad; a intervenir en las empresas por razones "de Estado" sin definir o a obligar a los medios de comunicación a difundir mensajes institucionales. Todo ello sin precisar en qué circunstancias exactas y con qué límites.