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Histórico varapalo a Sánchez: el Constitucional tumba el primer estado de alarma

El órgano declara ilegal el confinamiento general por 6 votos contra 5. Voto decisivo de la vicepresidenta del TC, elegida por el PSOE, que denuncia "presiones" sobre el sentido de su voto.

Sánchez, el día que decretó el estado de alarma y el confinamiento general.

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Mazazo histórico contra el Gobierno. El Constitucional ha resuelto el debate jurídico sobre la inconstitucionalidad del primer estado de alarma declarado por el Gobierno de Pedro Sánchez el 14 de marzo de 2020.

Tras el aplazamiento de la decisión -después de dos intensos días de deliberaciones del Pleno del Tribunal de Garantías el pasado mes de junio y dos arduas reuniones ayer y esta misma mañana- los magistrados, inicialmente divididos en un empate técnico, han votado a favor de la ilegalidad del decreto por 6 votos frente a 5, como apuntó ESDiario.

Los magistrados se reunieron este martes sin que se votara la ponencia del magistrado Pedro González-Trevijano que, finalmente, ha sido respaldada y acordada por una ajustada mayoría.

Según las fuentes próximas al Tribunal consultadas por ESdiario, el voto decisivo ha sido el de la vicepresidenta, Encarnación Roca, elegida a propuesta del PSOE, que finalmente ha respaldado la tesis del sector conservador. La propia Roca ha denunciado en el Pleno haber recibido "presiones" para condicionar su voto.

Si bien, de inicio, Roca no se pronunció de forma expresa ni concisa a favor o en contra de la propuesta del ponente, sí lo ha hecho con el sentido de su votación de este miércoles. Un escenario que podría haber quedado resuelto en un primer intento de votación si el presidente del órgano judicial, el magistrado González Rivas se hubiese sumado al denominado sector conservador: el tanteo habría quedado en un 4 a 7 a favor de los planteamientos del ponente y, además, la posición mayoritaria habría contado con el respaldo del presidente.

La decisión ha mantenido dividido al cónclave hasta el último momento. Tal es así, que el TC optó el pasado junio por aplazar el asunto a la convocatoria de esta semana, en la que los jueces han analizado la ponencia que cuestiona la constitucionalidad de algunas medidas de restricción de movilidad -como el confinamiento domiciliario- aplicadas por el Ejecutivo de Pedro Sánchez al inicio de la pandemia.

Finalmente y a pesar de lo ajustado de la cuestión, la mayoría ha apostado por la tesis de Pedro González-Trevijano como solución al recurso de amparo planteado por Vox ante el Tribunal. Para el magistrado encargado de la ponencia la suspensión de derechos fundamentales -circulación, residencia y reunión- exige aplicar, como mínimo, el estado de excepción.

González-Trevijano ha sido ponente de la sentencia que anuló el decreto del Gobierno para incluir a Pablo Iglesias y a Iván Redondo en la comisión del Congreso sobre el CNI.

Fuentes del Constitucional han confirmado a ESdiario que la sentencia propuesta ha recibido más reticencias de las que son habituales en procesos de este tipo porque a las naturales discrepancias técnicas sobre el fondo del asunto, se han sumado las dudas de algunos magistrados al ser el recurente un partido polític

Mientras el sector progresista de la institución -integrado por los magistrados María Luisa Balaguer, Cándido Conde Pumpido y Juan Antonio Xiol- ha considerado que el Gobierno hizo lo correcto con la alarma vigente entre el 14 de marzo y el 7 de junio de 2020; el conservador -con el ponente Pedro González Trevijano al frente, Alfredo Montoya, Santiago Martínez Vares, Antonio Narváez y Ricardo Enríquez, ha sido favorable al criterio del ponente: tenía que haberse decretado en España el estado de excepción.

A los primeros se han sumado, además, dos magistrados conservadores, el presidente del TC Juan José González Rivas, y Andrés Ollero, lo que ha equilibrado la balanza de la Justicia hasta el desempate final. La posición del presidente González Rivas bloqueó en un primer intento la solución de la causa ya que volvió a posicionarse del lado de los magistrados del sector progresista, con Cándido Conde-Pumpido al frente, como ya ocurrió en la sentencia que rechazó la inclusión de Toni Cantó en las listas del Partido Popular de Madrid durante las pasadas elecciones autonómicas del 4-M.

Esto es, el Constitucional ha resuelto en lo sustancial el recurso de inconstitucionalidad presentado por Vox pero no de forma total, sino parcial. Para el Pleno de Garantías han quedado fuera de la anulación algunas normas que no afectaron a limitaciones de los derechos o que sí se ajustaron al estado de alarma. Sí han quedado extralimitadas aquellas con las que el Gobierno suspendió los derechos de circulación y reunión.