Los cuchillos vuelan en el TC que no remite a las partes otro voto discrepante
El Tribunal ha notificado a las partes la sentencia, por la noche y sin adjuntar uno de los votos discrepantes, el del magistrado Juan Antonio Xiol
La sentencia del Tribunal Constitucional que declara inconstitucionales varios preceptos del decreto que declaró el primer estado de alarma por la pandemia del Covid sigue en el disparadero, no solo por el contenido, que ha generado grandes críticas por parte del Gobierno, sino también por la forma en la que ha sido remitida a las partes.La sala ha enviado a la Abogacía del Estado y a Vox la noche de este lunes, pasadas las 10 y de forma incompleta, ya que no ha sido incluido el voto particular de uno de los cinco magistrados que discreparon de la mayoría, el del progresista Juan Antonio Xiol.
Así lo ha comunicado el propio tribunal de garantías, que, sin embargo, ha dado ninguna explicación oficial sobre esta decisión, algo anómala, salvo indicar que los argumentos del magistrado Xiol se conocerán en los próximos días.La división en el seno del TC se ha hecho más evidente desde la publicación de la sentencia, y mucho más cuando la vicepresidenta del tribunal, Encarnación Roca, ha denunciado presiones de Carmen Calvo -cuando ésta era aún vicepresidenta- para que votara lo que le interesaba al Gobierno.Incluso el presidente de la sala Juan José González Rivas, del sector progresista, también hizo lo propio al posponer en varias ocasiones la votación (la última, en el pleno de junio) viendo que el Ejecutivo la perdía.
Estado de excepción y no de alarma
El grueso de la sentencia ya se conoció el pasado jueves, y dejó claro que el instrumento jurídico a aplicar debería haber sido el estado de excepción atendiendo a la "gravedad y extensión" de la pandemia, que imposibilitó 'de facto' un normal funcionamiento de las instituciones democráticas, mientras que los ciudadanos vieron afectados el normal ejercicio de los derechos, saturados los servicios sanitarios y afectadas las actividades educativas "y las de casi cualquier otra naturaleza".
Conde-Pumpido: "La sentencia crea un grave problema político, al desarmar al Estado contra las pandemias"
De la misma forma, también se hizo público debido a las filtraciones el voto de uno de los jueces discrepantes, el progresista Cándido Conde-Pumpido, en un voto particular cargado de tintes políticos, que considera que la sentencia "no resuelve, sino que crea un grave problema político, al desarmar al Estado contra las pandemias, privándole del instrumento que la ley determina expresamente para hacer frente a las crisis sanitarias, el estado de alarma".Sin embargo, en la notificación realizada sí se adjunta este voto junto con el discrepante de la también progresista María Luisa Balaguer y de los conservadores Andrés Ollero y el propio presidente del tribunal, Juan José González Rivas.
El voto discrepante del presidente
En ella, González, en un texto mucho menos político que Conde Pumpido y limitándose solo a la cuestiones técnicas, explica que los hechos se "produjeron en una situación de emergencia sanitaria que justifica la aplicación de la ley prevista para los estados de alarma, excepción y sitio y que habilita al Gobierno para asumir potestades extraordinarias".De hecho, argumenta que es perfectamente legal "pues no suprimían el ejercicio del derecho y eran proporcionales en la consecución del objetivo público que las justifica, máxime al tener en cuenta que la Organización Mundial de la Salud, desde el primer momento (enero 2020) en una valoración científica y no política, consideró como factores decisivos de la difusión del virus la movilidad y los desplazamientos, así como las reuniones privadas en grupos acumulados".