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El TSJ gallego anula la exigencia de un certificado covid para entrar en bares

El alto tribunal notifica que la medida decretada por la Xunta no ha sido autorizada por él, a diferencia de las últimas restricciones, y que por tanto no tiene validez.

Un local de ocio nocturno en Lugo.

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El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) ha decretado que la norma que obligaba a presentar el certificado Covid-19 para entrar en locales hosteleros y de ocio nocturno en Galicia carece de vigencia al no haber sido autorizada judicialmente.

Los magistrados explican en dos autos notificados este jueves que la Xunta solo remitió las medidas restrictivas para contener el virus, recogidas en la orden del 21 de julio, pero no el requerimiento de acreditar un test negativo o el documento de vacunación para acceder al interior de establecimientos de hostelería y restauración, establecido en la orden de 22 de julio.

Por lo tanto, señala del TSJG, este punto nunca llegó a ser validado, por lo que no era aplicable. “Este anómalo proceder por parte de la Xunta indujo a confusión”, explica en una nota el alto tribunal recogida por Servimedia.

El TSJ de Galicia denegó, la semana pasada, la medida cautelarísima solicitada por la Asociación de Empresarios Lugo Monumental para que se suspendiese la obligación de presentar este certificado, precisamente, por carecer de vigencia. Contra estos autos, que desestiman la solicitud de la Asociación Liberum y de los hosteleros de Santiago, no cabe presentar recurso.

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