Delgado da la puntilla a las víctimas rechazando suspender el homenaje a Parot
La Fiscalía de la Audiencia Nacional se opone a la prohibición del aquelarre proetarra de este sábado en Mondragón en apoyo al más sanguinario de los asesinos etarras.
Ninguno de los aparatos del Estado que tenía capacidad para ello ha sido capaz de impedir el homenaje que este sábado regalará el entorno proetarra a uno de los más sanguinarios terroristas, Henry Parot. No lo ha hecho el Ministerio del Interior y tampoco la Fiscal General del Estado, Dolores Delgado, ha movido ficha para atender las exigencias de las víctimas.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha rechazado este jueves suspender el acto de homenaje a Parot, responsable de 39 asesinatos, al no ver "acreditada la humillación a las víctimas" de la organización terrorista.
En este sentido, explica que el acto que se celebrará en Mondragón "está concebido como un acto organizado con fines estrictamente políticos" y no considera que la manifestación tenga la intención de "un acto que humille a alguna de las víctimas".
La Asociación Dignidad y Justicia había pedido al juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón suspendiera el homenaje por considerarla un "acto de enaltecimiento a un preso de la organización terrorista ETA" por parte de personas que, señalaban, justifican "sus asesinatos" y "entienden que no debe seguir en prisión y cumplir su condena".
Este miércoles, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) dictó un auto en el que aclaraba que manifestaciones como la convocada este sábado en favor de Parot no están sujetas al régimen de autorización sino al de comunicación.
Así, consideraba que no cabía recurso ni suspender "un acto inexistente", tal y como habían solicitado la Asociación profesional de la Guardia Civil Justicia Guardia Civil (Jucil) y del sindicato de la Policía Nacional Justicia Policial (Jupol).
La Audiencia da luz verde al acto
Tras la posición defendida por la Fiscalía, el juez José Luis Calama ha acordado no prohibir el homenaje al determinar que no existen en este momento datos y elementos necesarios para determinar si los hechos denunciados podrían llegar a constituir un delito de enaltecimiento del terrorismo.
En un auto, el titular del Juzgado Central de Instrucción Numero 4 ha pedido a las Fuerzas de Seguridad del Estado que procedan al seguimiento y control del acto y adopten las medidas necesarias para evitar que se realicen actos de enaltecimiento o justificación del delitos terroristas o de quienes hayan participado en su ejecución, así como actos de desprecio o humillación de las víctimas del terrorismo o sus familiares.
Calama considera que a la jurisdicción corresponde únicamente la persecución de hechos ilícitos una vez que se hayan producido, pues carece de competencias preventivas. "Es decir, no puede actuarse el Derecho penal con carácter preventivo pues tal proceder implica asociar consecuencias jurídicas limitativas de derechos o imponer directa o indirectamente sanciones sobre la base de meras hipótesis sobre la futura e incierta comisión de delitos", añade.