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Las acusaciones a Batet por la votación de la reforma laboral llegan a un juez

Un juzgado de Madrid abre las primeras diligencias sobre la tumultosa votación de la reforma laboral y sobre el presunto fraude en el voto del diputado Alberto Casero.

La presidenta del Congreso.

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M.B

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El Juzgado de Instrucción Número 47 de Madrid ha incoado diligencias para determinar si hubo delito informático en la votación por la que ayer en el Congreso se aprobó la reforma laboral, con un voto de diferencia, después de que un diputado del PP votara a favor de la misma. Este diputado alegó que se había producido un error informático al emitir el voto telemático desde su casa, por lo que se desplazó al Congreso, pero no le dejaron entrar en el hemiciclo.

En un auto de este mismo viernes, el magistrado instructor ha explicado que ha tomado esta decisión después de que un particular presentara una denuncia.

El denunciante había solicitado a la Guardia Civil que accediera al domicilio del diputado del PP Alberto Casero, quien dijo haber tenido problemas técnicos en la votación telemática. También había requerido a la Benemérita que acudiera al Congreso de los Diputados "para proceder al análisis de terminales y sistemas necesarios".

El juez Adolfo Carretero, que se encontraba de guardia, dio traslado al Ministerio Público para que se pronunciara al respecto. Ante tal petición, la Fiscalía presentó un informe en el que se opuso a las diligencias solicitadas al no considerarlas urgentes, según han precisado fuentes fiscales.

Una vez recibida la respuesta del Ministerio Público, el juez Carretero ha considerado que "no ha lugar en este momento a la diligencia solicitada" por el denunciante, aunque ha señalado que ello no se traduce en que en el curso del procedimiento no se pueda acordar dicha diligencia.

El magistrado ha explicado que para que la Guardia Civil se persone en el domicilio del diputado del PP y ocupe terminales y sistemas "se precisa autorización" del dirigente -algo que no consta- o un auto de entrada y registro judicial "basado en indicios claros de delito y no en meras sospechas como alude la denuncia presentada".

Asimismo, ha señalado que para personarse en el Congreso de los Diputados es necesaria la autorización de la Presidenta del Congreso, conforme al artículo 548 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, algo que "tampoco consta en este momento".

Así las cosas, el juez ha concluido que "no existe urgencia para la práctica de estas diligencias". Según consta en el auto, la investigación deberá someterse ahora a reparto para determinar cuál de los juzgados de instrucción de Plaza de Castilla tendrá que hacerse cargo.