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Mal tiempo y fianzas: qué “imprevistos” puedes reclamar en una comunión

Los expertos dan consejos fundamentales y analizan qué se puede reclamar y qué no en este tipo de celebraciones

Una primera comunión

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Con la llegada de la primavera, llegan también las bodas, los bautizos y las comuniones. Celebraciones que en muchas ocasiones suponen un desembolso económico muy grande, por lo que muchas personas buscan respaldo legal para que todo salga a la perfección y, si desafortunadamente no es así, estar seguros de que habrá una compensación.

Lo primero de todo, hay que aclarar una de las dudas que surgen en muchas familias cuando llega esa celebración especial y empieza a llover: ¿esto me lo devuelve el restaurante o el negocio con el que he llegado a un acuerdo para realizar la celebración? Pues como muchos ya saben, la respuesta es un no rotundo, salvo que se llegue a un acuerdo muy concreto a través de un contrato, cosa que suele ser poco habitual. Por lo tanto, hay que jugársela y escoger una fecha en la que la meteorología tenga menos opciones de jugarnos una mala pasada.

Otra de las dudas principales de los que organizan estos eventos son las fianzas. Y aquí dependerá del acuerdo que hayamos alcanzado con el profesional o la empresa, ya sea restaurante, fotógrafo, animador, etc. Lo mejor, apuntan los expertos, es recoger por escrito las condiciones con la firma de ambas partes, en la que se especifique cuánto se paga al principio y cuánto al final, una vez terminado el evento.

En cuanto a los restaurantes, lo mejor es firmar un contrato en el que aparezca reflejado el número de platos, calidad del producto, compromiso de puntualidad del servicio e incluso las marcas que aparecerán en la barra libre, si es que así se decide. Pero si no se ha firmado un contrato y los platos salen fríos o en condiciones que no son las idóneas, también se puede reclamar al restaurante a través de hojas de reclamaciones.

Éstas habría que solicitarlas en el propio negocio y dejar constancia por escrito de la deficiencia. Una reclamación formal que pueden ir acompañada de pruebas o evidencias como fotos o vídeos que refuercen la queja. Una vez completada, deberá entregarse en la oficina más próxima de Consumo, quedando una copia en el restaurante. Recuerda que todos los establecimientos deben tener una de esas hojas de reclamaciones a disposición del consumidor.

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