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"Maltrato institucional", el argumento de Juana Rivas para denunciar al juez

La mujer, que recibió el indulto del Gobierno, se querella contra el magistrado que la condenó inicialmente a cinco años de prisión por la sustracción de sus dos hijos menores.

Juana Rivas en una imagen de archivo

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"Maltrato institucional". Ese ha sido el argumento elegido por la defensa de Juana Rivas para denunciar al juez que la envió a prisión por sustracción de menores, una pena por la que posteriormente fue indultada.

Sin embargo, ahora, la defensa ha iniciado una ofensiva contra el titular del Juzgado de lo Penal 1 de Granada, el magistrado Manuel Piñar, al presentar una querella por un delito continuado de prevaricación judicial y atentado contra la integridad moral (maltrato institucional) por las supuestas "ilegales decisiones" adoptadas por el juez "durante la tramitación de la ejecutoria", según detallan los abogados de Juana Rivas en un comunicado.

Los abogados de Rivas acusan al juez Manuel Piñar de tramitar el expediente de indulto "careciendo absolutamente de competencia para ello" y "con la única intención de informar negativamente" con "absoluta parcialidad, alterando intencionadamente la realidad y ocultando la propia existencia de ese expediente a la defensa".

"En efecto, sabiendo perfectamente que la sentencia condenatoria firme que se despachaba en la ejecutoria de Juana Rivas fue dictada por el Tribunal Supremo, ha usurpado las atribuciones de nuestro más alto tribunal, dando lugar a la existencia de dos expedientes de indulto paralelos: uno debidamente informado por el Tribunal Supremo, y otro al que jamás debió darse curso, y que fue informado con manifiesta parcialidad por el querellado", afirman.

Agregan que "al mismo tiempo, en el procedimiento penal, dictó varias resoluciones a sabiendas de su injusticia, con clara falta de imparcialidad y objetividad". Citan en este sentido un auto del 27 de mayo de 2021 en el que "se abre la ejecutoria y sin trámite alguno se acuerda la busca, captura e ingreso en prisión" de Juana Rivas. A su vez, mediante otro auto del 9 de mayo de 2021 "se acuerda no haber lugar a la suspensión de pena".

La defensa de Rivas alega que estas decisiones "se amparan en tres absolutas falsedades: que la querellante no se había arrepentido de su conducta (cuando consta lo contrario en los informes penitenciarios e incluso reconoció su error en medios de comunicación), que había reiterado la conducta de sustracción de menores en el extranjero (cuando la realidad es que no tiene ningún otro procedimiento en ningún país del mundo), y lo más grave, que habría permitido el abuso sexual de uno de sus hijos, una acusación tan infundada y cruel que constituye un atentado contra la integridad moral" de esta madre, según exponen.

Para justificar la supuesta "ausencia de imparcialidad del magistrado" precisan los abogados de Juana Rivas que ella "le conocía desde hace años, dado que era amiga de las hermanas del querellado y tuvo siempre con ella una relación tensa por su falta de sintonía ideológica".

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