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El fiscal general mueve ficha con el ‘sólo sí es sí’ para evitar más bochornos

Tras la polémica de las rebajas de penas, García Ortiz pide “una respuesta uniforme” y que no se revisen penas cuando la impuesta quepa en el nuevo marco. El PP critica, le aplaude Podemos

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz

Publicado por
Enrique Martínez

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El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha salido a poner orden tras la polémica generada por las rebajas de penas a agresores sexuales tras la aprobación de la ley conocida como sólo sí es sí. El ministerio fiscal ha dictado un decreto para que los fiscales den "una respuesta uniforme" a las revisiones de condenas estableciendo que no se modificarán cuando la pena impuesta pueda dictarse con el nuevo marco penal.

Con ello el Gobierno pretende atajar los casos de rebajas de penas que tanto están dañando la imagen del Ejecutivo y en especial de la ministra de Igualdad e impulsora de la ley, la podemita Irene Montero. Para ello, la Fiscalía explica que “la revisión sólo procederá cuando la pena efectivamente impuesta exceda en abstracto de la que correspondería imponer en aplicación de los preceptos de la nueva legislación penal".

Eso sí, el fiscal general del estado deja abierta la vía para que se puedan realizar más rebajas de penas a agresores, pues matiza que “en cualquier caso, cada procedimiento deberá ser analizado individualmente, huyendo de automatismos que impidan valorar las concretas circunstancias concurrentes en cada caso".

La Fiscalía General del Estado subraya que este decreto, "de obligado cumplimiento" para los fiscales, "se ha dictado para no demorar las pautas concretas para la revisión de sentencias hasta la publicación de una circular del fiscal general del Estado, que se emitirá próximamente una vez se someta al preceptivo informe de la Junta de Fiscales de Sala".

El fiscal general está recabando información y García Ortiz dio la orden de que los fiscales superiores remitan a la Fiscalía General del Estado "aquellos autos dictados por los juzgados o tribunales de justicia de su territorio en los que se haya procedido a la revisión de sentencias firmes condenatorias, así como los informes emitidos por el Ministerio Fiscal en las respectivas ejecutorias".