Jubilación a los 75 para los jueces del Supremo y así evitar el colapso en el TS
El Grupo Parlamentario Popular propone modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) de manera que sea posible que los magistrados del Tribunal Supremo retrasen su jubilación tres años
El Partido Popular ha presentado una iniciativa legislativa para modificar la de manera que sea posible que los magistrados del Tribunal Supremo puedan jubilarse voluntariamente tres años más tarde, a la edad de 75. Pretende así paliar un posible colapso del Alto Tribunal derivado de la imposibilidad que tiene el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de realizar nuevos nombramientos discrecionales en la cúpula judicial.
La Proposición de Ley Orgánica, firmada por la portavoz , incorpora un artículo único en el que recoge la modificación del artículo 386 de la LOPJ relativa a la edad de jubilación de jueces y magistrados.
Jubilación voluntaria
Recuerda que si bien la jubilación por edad es forzosa al cumplir los 70 años, esta fecha puede prolongarse dos años más hasta que se llega a los 72 años de edad. E incluye la novedad, y es que los magistrados del Supremo deben poder alargar su permanencia en el servicio activo hasta que cumplan como máximo 74 años.
Añade en la modificación, que la decisión del magistrado será vinculante para el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), "quien solo podrá denegarla cuando el solicitante no cumpla el requisito de edad o cuando presentase la solicitud fuera del plazo indicado".
Y suman a esos 74 años uno más -hasta 75-, pero "siempre que así lo hubiere manifestado -el magistrado- al CGPJ con seis meses de antelación".
Esta modificación que impulsa el Grupo Parlamentario Popular añade un cambio más en la ley, en concreto el artículo 61 bis, con el que busca posibilitar la prórroga por anualidades de la adscripción de miembros adicionales al servicio del Gabinete Técnico del Supremo.
"Excepcionalmente, por razones coyunturales y debidamente justificadas, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial y oída la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, podrá el Ministerio de Justicia adscribir temporalmente, por un periodo de un año prorrogable por períodos anuales, un número adicional de miembros al servicio del Gabinete Técnico", indica.